Desahucio
Estoy en un piso de alquiler de contrato de un año (sin clausula que diga que no es renovable).
Por problemas de trabajo durante un tiempo no pude hacer frente al pago y en diciembre se presento demanda por impago de los meses de agosto a diciembre... Y la notificación del juzgado me llego a finales de enero.
Sin saber que se había preentado la demanda y resueltos mis problemas económicos a principios de enero pague por transferencia al titular del piso, como en meses anteriores todos los atrasos por lo que la entrega de citación del juzgado me dejo perplejo.
Hbalo con el abogado de la parte contraria que ser ha satisfecho los atrasos y que por lo tanto esperaba dejasde sin efecto la demanda y prorrogado el contrato automáticamente... Y su respuesta fue que para tal prorroga y con los antecedentes esa prorroga venia condicionada por la obtención de un aval bancario o un deposito del equivalente a un año... Y quizás negociable como mínimo 6 meses.
No estoy en condiciones de pedir aval ni de depositar esos 6 meses, total que cabreado por lo que creo no era justo le dije que si no se prorrogaba el contrato automáticamente estando yo al día sintiéndolo mucho dejaría de pagar por que ese pequeño capital lo necesito para un nuevo piso o contrato... Siendo consciente de que el dueño tiene derecho apercibir esos meses.
Ha habido juicio y se fija abandono del piso para el 24 de mayo por que claro y con esas perspectivas he dejado de pagar.
Pregunmta: si abono los atrasos antes de esa fecha, saltándome al abogado pues esta en una posición cerril "por que su único interés es defender los intereses de su cliente... Aun sabiendo que quizás si abandono el piso no cobre los atrasos", ¿y puesto al día los pagos quedaría automáticamente prorrogado el contrato sin avales ni fianzas?
Agradecería, dadas las fechas que quedan una rápida respuesta
Saludos. Valentín
Por problemas de trabajo durante un tiempo no pude hacer frente al pago y en diciembre se presento demanda por impago de los meses de agosto a diciembre... Y la notificación del juzgado me llego a finales de enero.
Sin saber que se había preentado la demanda y resueltos mis problemas económicos a principios de enero pague por transferencia al titular del piso, como en meses anteriores todos los atrasos por lo que la entrega de citación del juzgado me dejo perplejo.
Hbalo con el abogado de la parte contraria que ser ha satisfecho los atrasos y que por lo tanto esperaba dejasde sin efecto la demanda y prorrogado el contrato automáticamente... Y su respuesta fue que para tal prorroga y con los antecedentes esa prorroga venia condicionada por la obtención de un aval bancario o un deposito del equivalente a un año... Y quizás negociable como mínimo 6 meses.
No estoy en condiciones de pedir aval ni de depositar esos 6 meses, total que cabreado por lo que creo no era justo le dije que si no se prorrogaba el contrato automáticamente estando yo al día sintiéndolo mucho dejaría de pagar por que ese pequeño capital lo necesito para un nuevo piso o contrato... Siendo consciente de que el dueño tiene derecho apercibir esos meses.
Ha habido juicio y se fija abandono del piso para el 24 de mayo por que claro y con esas perspectivas he dejado de pagar.
Pregunmta: si abono los atrasos antes de esa fecha, saltándome al abogado pues esta en una posición cerril "por que su único interés es defender los intereses de su cliente... Aun sabiendo que quizás si abandono el piso no cobre los atrasos", ¿y puesto al día los pagos quedaría automáticamente prorrogado el contrato sin avales ni fianzas?
Agradecería, dadas las fechas que quedan una rápida respuesta
Saludos. Valentín
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Respuesta de ariadna403
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