Caso practico de Derecho Administrativo Venezolano
Tres menores de edad, tras recibir las calificaciones de una materia, enfureidos deciden golpear el automóvil del profesor de la asignatura en el estacionamiento de ela institución. Otro alumno que se encontraba en el interior de otro vehículo observo el hecho sucedido. Se brío el correspondiente expediente disciplinario y practicadas todas las actuaciones el Instituto decide expulsar a los alumnos. Estos recurren la sanción administrativa aduciendo que el único testigo de su acción es un menor de edad, cuyo testimonio no tiene la aptitud suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia que reconoce el ordenamiento jurídico venezolano. Mis preguntas son las siguientes:
¿Tiene un menor capacidad suficiente para que su testimonio resulte determinante a fin de imponer una sanción administrativa? ¿Hay alguna singularidad en el derecho administrativo respecto de la capacidad de obrar?
¿Puede un menor realizar actuaciones ante la administración publica sin asistencia o tutela?
¿Las actaciones que ejecuta un menor siempre debe estar convalidada por quien ostenta la Patria potestad, tutela o cúratela?
¿Pueden los menores interponer recursos administrativos por considerar que han sido afectados directamente?
Las reespuestas si fuese posible en doctrina basada en el OJ venezolano o o en el de eotro país.
¿Tiene un menor capacidad suficiente para que su testimonio resulte determinante a fin de imponer una sanción administrativa? ¿Hay alguna singularidad en el derecho administrativo respecto de la capacidad de obrar?
¿Puede un menor realizar actuaciones ante la administración publica sin asistencia o tutela?
¿Las actaciones que ejecuta un menor siempre debe estar convalidada por quien ostenta la Patria potestad, tutela o cúratela?
¿Pueden los menores interponer recursos administrativos por considerar que han sido afectados directamente?
Las reespuestas si fuese posible en doctrina basada en el OJ venezolano o o en el de eotro país.
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Respuesta de lagm
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