Reclamo de deuda

La duda es, si tengo una deuda con una empresa cuyo importe es inferior a 900 €, ¿me pueden procesar y obligar a pagar? ¿Me pueden cargar las costas del juicio?

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Evidentemente cualquier cantidad de deuda es reclamable judicialmente y puede el juez dictar sentencia en la que se te condene al pago y si no lo haces, incluso se podría llegar a un embargo de saldos de ucentas corrientes, coches,... Debes tener en cuenta también que aunque la cantidad sea inferior a 900 euros si te la reclaman judicialmente te reclamarán también intereses. Y enc cuanto a las costas del juicio, en principio no tendrían por qué cobrártelas, porque la ley establece que para los juicios cuya cuantía sea inferior a 900 euros, no es necesario abogado y procurador.
Una duda, ¿por 500 € te pueden embargar la casa? ¿Afecta de algua forma que este hipotecada? Supongo que la ley no es "desmedida". ¿Desde qué cantidad te pueden embargar un inmueble?
Gracias
Evidentemente por 500 euros o por mil o dos mil euros no te van a embargar tu vivienda, pero si tu coche, cuenta corriente, una parte de tu nomina,...
Tengo entendido que si no eres solvente por ningún lado excepto por tu casa, aun estando hipotecada te la pueden embargar para pagar cualquier tipo de deuda, y el dinero restante te lo dan.
¿Qué opinas?
Gracias
En principio, por lo que se llama economía procesal, ningún juez va a acordar la subasta de una casa, con todo lo que ello conlleva, por una deuda de 500 o 1000 euros. Porque ¿quién no tiene hoy en día una cuenta corriente? ¿Quién no declara IRPF? ¿Quién no tiene un coche? Ya te digo que una casa por esa cantidad no te la van a embargar ni de broma.

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