Deudas

Una Sociedad Limitada con cuatro socios (cada uno de ellos con un 25%
Del capital), pidió a una entidad bancaria un préstamo. Después de un
tiempo la empresa empezó a ir mal y no se pudieron hacer frente a los
pagos, la empresa dejo de ser de estos cuatro socios, aunque algunos
siguieron trabando en ella.
¿Ahora el banco reclama 16.000? A los entonces socios por medio de
un juez. ¿Al socio A le han embargado 4.000? De sus cuentas y si no
pagan le embargaran el coche y una parte del salario.
El quiere pagar su parte de la deuda pero ni quiere ni puede
hacerse cardo de la deuda total y los otros socios no quieren
pagar. Son socios solidarios.
¿haY alguna forma de obligarles a los otros a pagar su parte? ¿Y
¿De qué A pague su parte y no tenga que pagar el resto? Necesito
soluciones para A. ¿Pueden exigirle la deuda solo a uno y embargarle
solo ha este?

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Siento decirte que cuando los deudores son solidarios el acreedor puede ir contra cualquiera de ellos y reclamar la deuda completa. Eso si, este deudor posteiormente puede pedir lo abonado en exceso al resto de los socios.
Aunque abonase la parte correspondiente a su deuda, esto no determinaría el fin del procedimiento pues en eso se amparan también los bancos, le exigen a uno y ya entre ellos que se reclamen. Por tanto, lo que puede es señalar que con sus bienes no hay suficiente para el pago y que se proceda al embargo de cuentas del resto de socios, comunicando el mismo los bienes que conoce que tengan los socios para que se proceda al embargo. Cuando encuentren bienes de más socios procederán a embargar y entonces seguramente el resto de los socios querrá pagar.
Otra cosaque meseñalas y que puede alrgar es es el es socio administrador y la empresa le paga a los socios como trabajadores y que son solidarios puede comunicar en el juzgado lo que cobran como salario y que se pida que como socios solidarios y como los bienes del socio A no son suficientes se proceda a embargar en su parte proporcional los salarios que cobran. Creo que es una buena medida para obligar al resto de socios al pago, pero si no, solo queda que el socio A pague el total y que posteiormente ponga una demanda para reclamar lo que ha pagado de más

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