¿Qué podemos hacer si en un accidente que tuvo mi hermano el juez le ha condenado a pagar la moto?

Tenía un escrito preparado aclarando la situación pero el dichoso programa no me deja pegarlo. Intentaré reproducirlo lo más brevemente posible. Este invierno mi hermano tuvo un accidente dentro de la población en un cruce (dónde él con una placa doblada y en muy mal estado prácticamente invisible) dónde había un stop. El redujo la marcha pero unos vehículos estacionados a su izquierda le impedían la visión lo cual lo obligaron a adelantar su posición para ver si venia alguien. En ese momento se le abalanzó un ciclomotor a una velocidad muy superior a la permitida (como siempre pasa con estos "niños" que van a toda velocidad haciendo carreritas por el pueblo), golpeándole en el morro.
El padre del menor lejos de asumir la responsabilidad de culpa de su hijo, se puso en plan "chulesco", cogió la moto se la llevó a un mecánico amiguete el cual, claro está, certificó el siniestro total de la misma y la necesidad de comprar una nueva. No hubo que lamentar prácticamente ningún daño personal, sólo rasguños sin importancia. Mi hermano le dijo que le pagaría un % de la misma, pero no... El señor quería una moto nueva para el "nene". Se fue a juicio y ayer nos llegó la sentencia del Sr. Juez, la cual, encima, era firme sin posibilidad de recurso, ¿y condenaba a mi hermano a pagar 3.500? Para una moto nueva (esto es el colmo, ¿pagar una nueva por una moto que tenía sus años) y encima pagar 1.100? De gastos. Como supondrá esto para un padre separado con un hijo a cuestas, sin trabajo fijo, es un golpe poco más que mortal. Encima le dan sólo 10 días para pagar. Alucino si esto es lo que se entiende por justicia. Para más inri el chaval que iba de paquete en la moto, declaroó que iban pasaditos de velocidad,... Pues nada hay que pagarle una moto nueva al "nene" para que siga haciendo de las suyas con toda impunidad, y al pobre trabajador que estaba dispuesto a pagar los arreglos lo hunden para el futuro más próximo.
Querido experto ante tal atropello, ¿podemos hacer algo?.
Respuesta
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Pues cuánto lo siento. Pero, me dices que ya ha habido sentencia y que no cabe recurso, lo cual me extraña sobre manera salvo que ya haya habido una sentencia anterior y hayáis recurrido en apelación contra ella con idéntico resultado (puesto que la Ley prevé la apelación), contra esa última sentencia en efecto no cabe recurso ulterior.
Entiendo tu indignación, y es que a veces la Justicia desaparece como el azúcar en una taza de café. Por lo que me cuentas, cuanto menos podría haber concurrido al menos una "culpa compartida" entre ambos conductores. En fin, si la Sentencia es firme no queda más remedio que pagar, pues transcurrido el tiempo de cumplimiento voluntario de contrario pueden instar la ejecución de la Sentencia, lo que conllevaría embargos y más gastos judiciales.
¡Un saludo y suerte!
PD.- Si tienes más cuestiones al respecto pregúntame, si no te ruego cierres la presente cuestión.

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