Recurso de reposición
En el mes de Junio tuve un juicio verbal porque demande a una tintorería. Al juicio no se presentaron. Hubo sentencia pero cabía interponer recurso. Alegaron que el administrador fue de entierro el día del juicio. El juzgado le dio un tiempo para su apelación, la presento y ahora recibo la providencia que dice literalmente:
Dada cuenta; el anterior escrito presentado por D. Xxx xxx xxx, como administrador de la mercantil WINDY 2000 S.L., interponiendo el recurso de apelación contra la Sentencia, dictada en este proceso, de uno de septiembre de dos mil ocho, únase a los autos de su razón.
Estando presentado el escrito dentro del plazo señalado, se tiene por interpuesto por dicha parte recurso de apelación contra la resolución mencionada (artículo 458.1 de la L.E.C.).
Dese traslado del escrito de interposición del recurso de apelación a las demás partes, emplazándolas por DIEZ DÍAS para que presenten en este tribunal escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resulte desfavorable (artículo 461.1 de la LEC) . Estos escritos se formularán con arreglo a lo establecido para el escrito de interposición (artículo 461.2 de la LEC).
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación.
Así lo manda y firma SSa.; de lo que doy fe.
¿MI pregunta que es o que debo hacer? Puedo seguir sin abogado y enviar un escrito oponiendome a su apelación ¿Cómo? La cantidad es pequeña y si contrato abogado me sale más caro que la cantidad reclamada. ¿Y si lo dejo pasar que ocurre? Por favor oriénteme de lo que tendría que hacer. Un millón de gracias. Me urge.
Dada cuenta; el anterior escrito presentado por D. Xxx xxx xxx, como administrador de la mercantil WINDY 2000 S.L., interponiendo el recurso de apelación contra la Sentencia, dictada en este proceso, de uno de septiembre de dos mil ocho, únase a los autos de su razón.
Estando presentado el escrito dentro del plazo señalado, se tiene por interpuesto por dicha parte recurso de apelación contra la resolución mencionada (artículo 458.1 de la L.E.C.).
Dese traslado del escrito de interposición del recurso de apelación a las demás partes, emplazándolas por DIEZ DÍAS para que presenten en este tribunal escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resulte desfavorable (artículo 461.1 de la LEC) . Estos escritos se formularán con arreglo a lo establecido para el escrito de interposición (artículo 461.2 de la LEC).
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación.
Así lo manda y firma SSa.; de lo que doy fe.
¿MI pregunta que es o que debo hacer? Puedo seguir sin abogado y enviar un escrito oponiendome a su apelación ¿Cómo? La cantidad es pequeña y si contrato abogado me sale más caro que la cantidad reclamada. ¿Y si lo dejo pasar que ocurre? Por favor oriénteme de lo que tendría que hacer. Un millón de gracias. Me urge.
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Respuesta de Luis Ramon Diaz chiron suarez