Recurso de reposición

En el mes de Junio tuve un juicio verbal porque demande a una tintorería. Al juicio no se presentaron. Hubo sentencia pero cabía interponer recurso. Alegaron que el administrador fue de entierro el día del juicio. El juzgado le dio un tiempo para su apelación, la presento y ahora recibo la providencia que dice literalmente:
Dada cuenta; el anterior escrito presentado por D. Xxx xxx xxx, como administrador de la mercantil WINDY 2000 S.L., interponiendo el recurso de apelación contra la Sentencia, dictada en este proceso, de uno de septiembre de dos mil ocho, únase a los autos de su razón.
Estando presentado el escrito dentro del plazo señalado, se tiene por interpuesto por dicha parte recurso de apelación contra la resolución mencionada (artículo 458.1 de la L.E.C.).
Dese traslado del escrito de interposición del recurso de apelación a las demás partes, emplazándolas por DIEZ DÍAS para que presenten en este tribunal escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resulte desfavorable (artículo 461.1 de la LEC) . Estos escritos se formularán con arreglo a lo establecido para el escrito de interposición (artículo 461.2 de la LEC).
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación.
Así lo manda y firma SSa.; de lo que doy fe.
¿MI pregunta que es o que debo hacer? Puedo seguir sin abogado y enviar un escrito oponiendome a su apelación ¿Cómo? La cantidad es pequeña y si contrato abogado me sale más caro que la cantidad reclamada. ¿Y si lo dejo pasar que ocurre? Por favor oriénteme de lo que tendría que hacer. Un millón de gracias. Me urge.

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Le comunican que el juez ha permitido el recurso de apelación y le pregunta si está de acuerdo.
Yo esperaría a ver cual es el contenido de la Apelación, será lo siguiente que reciba y entonces le volverán a dar plazo para añadir más información o directamente el juez lo despachará en el sentido que determine.
Adjunto a la providencia ya venia el recurso de apelación y es por eso que no se que hacer si el recurso de reposición es para oponerme a la apelación que han presentado, es que no se lo de recurso de apeclacion en 20 días y el recurso de reposición en 5 días lo que es y para lo que es cada recurso si me lo puede explicar. Muchas gracias. Un saludo.
Entiendo que podrá oponerse en cinco días a la apelación admitida por el juez. Por otra parte, usted puede oponerse al fondo del recurso de apelación, si este contiene hechos o manifestaciones que le puedan perjudicar.
Perdón que le moleste de nuevo. Entonces podría oponerme a la apelación admitida por el juez en el plazo de 5 días pero ¿por qué motivos? . Y si recurro la apelación del contrario porque no estoy de acuerdo en lo que ellos exponen es en el plazo de 20 días ¿verdad? Otra cosita este tema lo he llevado yo personalmente sin abogados la parte contraria tampoco es el administrador quien hace la apelación. ¿Necesitaría obligatoriamente para este recurso de un abogado?. ¿Y si es así claro el abogado me costaría más que lo que reclamo entonces si no muevo ficha que ocurriría?. Una vez más gracias.
Obviamente los recursos los redactan abogados. En este caso usted debe fundamentar el motivo de la oposición. Verifique el plazo en el que se presentó el escrito y si pasó el plazo dado para el juez para realizarlo, debería bastar señalarlo para tomarlo en cuenta.
Las sentencias son o no recurribles en Reposición o Apelación. Verifique el tipo de recurso que le dio el juez en su sentencia y la fecha para hacerlo. Si el escrito se presentó fuera de plazo señalelo.
Otra cuestión que afecta a los juicios verbales es que como se comparece ante el juez, no hacerlo tiene sus consecuencias. ¿Recuerda usted que pasó después de la no comparecencia? ¿Se le dio al demandado copia de la resolución de la vista?
En cuanto al fondo del asunto, desconozco lo que argumenta para sustanciar la apelación (me refiero al demandado). Con independencia de no haberse personado, ¿qué es lo que alega?
No puedo evaluar las consecuencias si no conozco el contenido.
Según mis cuentas fue entregado fuera de plazo pero en el Juzgado me dicen que no. En el juicio me persone yo se celebro y dijeron que recibiría la sentencia, imagino que al igual que la otra parte. Después la parte demandada alego que el administrador tuvo el funeral de su suegro y por eso no pudieron ir a juicio. La denuncia es porque lleve un cubre colchón para limpiarlo y me lo encogieron 50 cm. Alegan que yo les indique que lo lavaran y por eso encogió a la vez que también dicen que yo después de recogerlo lo lave y encogió. Me dicen en el juzgado que esta prácticamente ganado pero por eso es mi gran duda que hago porque si no me admiten el recurso de apelación sin abogado y un abogado me va a costar más que lo que recupere... Si no hago ahora ya nada más ¿decide la audiencia? Y ¿Se ajustaría a la sentencia? Gracias.
Cuando dice usted que "recibiría la sentencia", ¿se refiere a que no la ha recibido todavía?. Por otra parte, en el recurso de apelación imagino que se cuestionará la forma del procedimiento, pero no el contenido de la demanda. Para eso ya está la audiencia. No obstante, sin leer lo que dice el recurso no puedo pronunciarme.
La sentencia claro la recibimos ambas partes es por lo que la parte demandada recurre diciendo que no pudo asistir al juicio por el entierro de su suegro el juez le da tiempo para que presente su apelación la presenta y ahora es cuando ha llegado la providencia que le envíe. Sigo preguntando si la apelación la puedo presentar sin abogado ya que la parte contraria tampoco tiene abogado y si lo dejo pasar y que lo resuelva la Audiencia. Gracias.
Tiene que valorar las opciones. Puede presentar su propio escrito de oposición en apelación sin abogado. La clave de esto es que no se presentó y pudo avisar de este hecho. Mire los artículos de la Ley de Enjuiciamiento Civil que aplican al juicio verbal y haga énfasis en que antes de la sentencia, el demandado tiene recursos para defenderse.
Si opta por dejarlo pasar, la audiencia resolverá, pero es difícil que cambie el sentido de la sentencia.
Soy yo quien he demandado, he sido yo quien si me he presentado a juicio. La parte demandada fue quien no asistió por el entierro de su suegro. Le aceptan el recurso sin llevar un letrado a mi me obligan de un letrado para oponerme o apelar. Entonces lo de la ley de enjuiciamiento la he mirado pero no me aclara nada de mis dudas única y exclusivamente que para juicios que las cantidades reclamadas son inferiores a 150.000 pts no necesitan abogado. Yo reclamo 460 euros. Me comenta Vd. que la clave es que no se presento y pudo avisar de este hecho ¿Quién? Gracias.
No se presentó el demandado. A eso me refiero. De todos modos, confirmeme esto:ç
Usted tiene sentencia favorable, se notifica a la otra parte y se le da opción de apelar, ¿es así? Presenta escrito de apelación y ¿Cuál es su argumento? El documento del juzgado ¿qué le dice a usted que puede hacer? ¿Le explicita la resolución judicial que debe contestar con Abogado?

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