Plazos de reclamación en daños vivienda

Quería consultar el siguiente caso, hace un año por una fuga en el fregadero de casa le filtro agua al vecino de abajo, este llamo a su seguro y le dijo que la avería procedía del piso superior, me aviso y después de un buen rato con el grifo abierto vimos que efectivamente se filtraba un poco de agua por los azulejos, al no tener yo seguro llame a un fontanero que arreglo la fuga y ante el nulo daño al vecino de abajo se soluciono todo.
Ahora un año después el seguro de este vecino me reclama el nº de póliza de mi seguro para cobrarle los ¿daños?, y caso de no facilitarle los datos me comunica que denunciara ante el juzgado.
Me temo que intenta colarme esta compañía unos gastos que en principio no me ha comunicado cuales son, y que como ha transcurrido tanto tiempo intente abusar con lo que pretenda cobrar.
La pregunta es ¿durante cuánto tiempo pueden estar reclamando? ¿Sirve comunicación de correo ordinario para que justifiquen la comunicación?, me encuentro con dudas sobre esta reclamación por que resulta extraño tanto retraso en reclamar.
Respuesta
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Es un tema de responsabilidad civil extracontractual, que prescribe al año de los hechos. Entonces unicamente la reclamación hecha vía notarial o vía judicial o por burufax interrumpe la prescripción.
Con lo cual, parece que si no ha pasado todavía el año, el aviso por correo ordinario no interrumpe la prescripción, y podría ser que ya no te pudieran reclamar esos daños

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