Recurso extraordinario de revisión

Gracias anticipadas y procuraré sintetizar lo máximo posible:
1º)Presento recurso reposición ante la AEAT POR providencia de apremio de ésta por sanción trafico, alegando falta de notificación por domicilio incorrecto,
2º) Se desestima por "haberse enviado a la dirección que se señala en el Boletín de denuncia" según informe adjunto de la Jefatura de Trafico. Esto no es correcto ya que es evidente que la dirección que señala la notificación del servicio de correos no coincide (le faltan datos) comparándola con la del Boletín de denuncia.
3º) Mi abogado me dice que antes de la reclamación económico administrativa ante el Tear cabe el recurso extraodinario de revisión al amparo de la Ley 30/1992 articulo 118.1, porque entiende que, es de aplicación por ser acto de otra Administración distinta de la Aeat (Tráfico) y que ese acto, la desestimación del recurso de reposición, es un acto firme y pone fin a la vía administrativa.
La pregunta: cabe este tipo de recurso,(¿extraordinario)?, ¿Esta resolución pone fin a la vía administrativa? MUchas gracias.

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