¿Donación? Pasos a seguir

Mi novia tienen 27 años y es estudiante, está terminando la carrera. Yo tengo un empleo fijo y tengo 33 años.
Resulta que nos hemos comprado nuestra primera vivienda en Galicia y mi futuro suegro le ha dado a su hija 60.000 euros para ayudarnos en la compra, y los hemos ingresado en una cuenta conjunta que hemos abierto, donde hacemos la hipoteca, a la espera de firmarla.
He consultado la siguiente ley y creo que habla algo sobre ello en el Titulo II, artículo 16 (http://www.lexureditorial.com/boe/0809/15212.htm )
Pero no me queda claro, mis preguntas son las siguientes:
¿Hemos hecho mal en ingresar el dinero en nuestra cuenta sin hacer escritura pública o aun estamos aun a tiempo de hacerlo?
¿Cuáles son los pasos que tendríamos que dar para ello? ¿Sirve qué entre nosotros hagamos un documento en el que se detallen los términos del artículo 16 apartado d) y lo llevemos al notario cuando hagamos la escritura del piso y la hipoteca o tenemos que hacerlo antes?
¿Seria mejor fiscalmente justificar ese dinero como un préstamo realizado por mi suegro a devolver cuando su hija termine la carrera?

3 respuestas

Respuesta
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De acuerdo con ese art. tenéis que formalizar la donación en escritura pública ante notario. No os preocupéis que en la Notaria os preparan el documento.
En cuanto a fechas todo depende de cuando se produjese la donación.
Muchas gracias por su respuesta.
Me gustaría que me aclarase una última cosilla:
Para beneficiarnos de la reducción del 95% tal y como dice la presente ley hay que reunir una serie de requisitos, pero hay uno que no entiendo.
¿Podría explicarme que significa el apartado c) del artículo 16 de la presente ley?
Un saludo y gracias de nuevo
A efectos de renta no pueden superar tus rentas (salario, intereses bancarios, arrendamientos, etc.) los 30000 euros anuales.
Si está finalizada la pregunta
Respuesta
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En efecto es aplicable este artículo, pero es mejor como préstamo de tu suegro a su hija (contrato privado), pero siempre que sea para la compra de vivienda y se refleje en la escritura pública con la condición de devolución pudiéndose aplicar la deducción por vivienda, ya que si no se cumplen los requisitos (compra de vivienda), puede ser interpretada como donación en cubierto pudiéndose aplicar los pagos pertinentes más sanción.
Pasos:
Contrato privado y después que se refleje en la escritura el importe que tu suegro entrega a su hija y que devolveréis en los plazos pertinentes.
¿Este contrato habría que elevarlo a escritura pública o simplemente hacer un contrato entre nosotros y después presentarlo a la hora de escriturar el piso?
¿Se puede especificar en el contrato que la devolución empezará a hacerse efectiva una vez que finalice la carrera, ya que en este momento no percibe salario alguno?
¿Cómo lo haría usted?
Un saludo y gracias anticipadas de nuevo
La verdad es que es delicado ya que si no trabaja no puede demostrar el pago de la casa a no ser que se escriturara a nombre de los dos y tú sí trabajes. En estas condiciones estoy un poco pillado pero creo que no habrá problema si se indica que el pago se hará en un tiempo determinado de 20 años por ejemplo con plazo de 5 años para empezar a pagar. El problema está en la deducción por vivienda que no la podréis aplicar si no demostráis ingresos, por eso lo de escriturar a nombre de los dos si tú tarbajas para poderte aplicar tú las deducciones.
Saludos y espero haberte sido de utilidad.
Ok, gracias de nuevo por tu respuesta, solo una ultima cosita:
¿Es necesario elevar ese contrato privado a escritura pública?
Creo que con un contrato privado valdría, ya que en el caso de donación de dinero para la compra de vivienda, se amplía
al doble, de 30.000 a 60.000 euros, la cantidad que puede dar un padre
a un hijo menor de 35 años de edad. Asimismo, esta reducción será
aplicable también para donaciones posteriores a la compra destinadas al
pago de los préstamos pendientes.
Respuesta
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Siento no poder aconsejarte, pues no es tema de mi especialidad y prefiero no darte consejos sin saber. Mejor, consulta un asesor fiscal o dirwectamente en hacienda.

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