Exención impuesto de circulación

Hola.con incapacidad permanente total con resolución del INSS se tiene derecho a la exención del impuesto de circulación, en mi ayuntamiento me han pedido documento que acredite la invalidez del organismo competente de la comunidad autónoma y como he visto, en contra de lo que piden en otros ayuntamientos y en el RD1414/1de diciembre de 2006 que en ningún caso sera exigible otro documento que no sea la resolución del INSS a los pensionistas con I.P.T para acreditar un gado de invalidez igual al 33% puesto que dicho RD ya me reconce, si lo sera para acreditar más de un 33% por movilidad reducida, servicios sociales, plaza aparcamiento. ..¿Ourre lo mismo para el impuesto de matriculación? Muchas gracias.

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