Reconocimiento de deuda

Hola, tengo un reconocimiento de deuda con una inmobiliaria en el cual se estipula que me adeudan cierta cantidad total de dinero y que por dicha cantidad me ingresan mensualmente una cuota. También dice que el reconocimiento de deuda tiene una duración de un año.
¿Tengo garantizado el pago con dicho documento? ¿Serviría cómo prueba ante un juicio por impago?
Si es insuficiente como garantía, ¿Qué tipo de documento podría ser más correcto?
Gracias de antemano.

Añade tu respuesta

Haz clic para o