Si no existe ventana que existió, existe derecho de servidumbre de luces para futuras construcciones

Mi vecino tenia una tenada con una ventana de 30x no se sabe que da aun terreno que es mio. Hará como unos 8 años derribo la tenada quedando la ventana medio derruida. Con el paso de los años ya no queda prácticamente ni muro. Ahora yo voy a construir una caseta donde estaba dicha ventana y el vecino ayer se presento diciendo que no puedo tapar dicha ventana, que antes de tirar la tenada registro con un notario la existencia de esa y otras ventanas que dan a otras fincas que no son suyas.

¿Puedo construir una tapia tapando la ya no existente ventana o ventanuco?

Me ofreció que cuando construya, que no se sabe si lo hará o lo venderá, poder sacar una futura ventana por encima de mi muro y así no me ponía pegas, pero yo no estoy mucho por la labor.

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Puede ir al registro de la propiedad correspondiente y solicitar una nota simple informativa. Las servidumbres, y ésta sería una servidumbre de vistas, tienen que estar inscritas para surtir efectos legales. Antes que plantearse una solución compruebe que, efectivamente, hay una servidumbre de vistas registrada.

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