Bloqueo datos en LOPD
Tengo una duda respecto a la Ley Orgánica de Protección de Datos. En nuestra empresa la empezamos a implantar el año pasado, y cuando les enviamos la carta a nuestros clientes informándolos de que sus datos estaban en nuestro fichero, y los derechos que tenían, alguno ejercitó el derecho de cancelación. Cuando se cancelan los datos, lo que hay que hacer es bloquearlos, para que queden a disposición de las Administraciones Públicas. ¿Pero en que consiste eso de bloquearlos? Yo tengo los datos de cada cliente en la base de datos, y en una ficha de cliente dentro de su expediente, tendría que eliminarlo de la base de datos simplemente, ¿conservando la ficha de cliente? ¿O simplemente no envarle comunicados ni usar datos?
Gracias, y un saludo.
Gracias, y un saludo.