Volver a España tras deportación.

A ver si usted puede orientarme un poco.
Tengo un amigo, que fue deportado hace poco más de un año, a Colombia de donde es, tenia antecedentes penales, pero su pena de cárcel totalmente cumplida, y el quisiera volver, pero creo que en esos casos tienen una sanción de no volver al país entre 5 y 10 años, me gustaría saber si hay forma alguna de solucionar ese problema, mediante alguna apelación, o mediante asilo politio, y que el pudiera volver. También le comento que su deportación fue un tanto irregular puesto que a el en el centro de internamiento donde estuvo hasta su deportación, fue agredido por el cuerpo de policía, de lo cual tiene un parte de lesiones, y como consecuencia de esta agresión, y a la denuncia que el iba a poner, le deportaron rápidamente, cosa que es extraña puesto que se le debería haber notificado que eso se iba a llevar a cabo con días de antelación, para anteponer un nuevo recurso, por lo que no puedo recurrir tras que no se le notifico y le llevaron directamente al aeropuerto. Le agradecería muchísimo que me asesorara y que me planteara alguna forma de solucionar esta situación y que pudiera volver a España.

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Normalmente los delitos cuya pena de prisión es inferior a 6 años se sustituye y se procede a la expulsión del extranjero irregular. Esto esta contemplado así en el código penal y la única obligación que hay es que para que se proceda a esa expulsión, debe darse audiencia o tramite al extranjero para que alegue lo que estime pertinente.
Básicamente es un tramite de alegaciones, donde diferentes sentencias del TC establecen que ademas de la regularidad o irregularidad del extranjero tiene que valorarse la posibilidad del arraigo para que el extranjero cumpla la condena en lugar de ser expulsado directamente. (Esto iba pensando para extranjeros que estén casados con españolas o que lleven mucho tiempo en españa yq que la expulsión sea injusta y el único motivo de la misma sea su irregularidad de situación).
En relación a que se haya producido la expulsión, si esta fue irregular y se saltaron tramites tendría que analizarse si se puede o no recurrir, si prescribió... habría que ver la resolución de expulsión.
En relación a la agresión policial entiendo que aunque moralmente pretenda resarcirse, " operativamente" seria poco efectivo, pues en principio no habría testigos y si el tiempo transcurrido es grande, difícil de encajar.
¿Ha consultado con el abogado que le defendió en el pleito? El debe tenerlas resoluciones, concretamente la sentencia donde se dicte sentencia y se fije expulsión.
En relación a la pena de cárcel cumplida totalmente y expulsión, esto no es posible ya que o bien se expulsa o se cumple la condena completa.
Es posilble cumplir condena y proceder a expulsar, pero para este seria necesario un expediente sancionador concreto.
Muchas gracias, si no le importa me podría explicar eso ultimo, ¿lo de que no es posible cumplir la condena y proceder a la expulsión? Si se cumple la condena en la cárcel... ¿la demanda de expulsión tras cumplir la condena se anula? Por lo que no pueden deportarle por ese motivo, ¿y no tendría una expulsión de entre 5 y 10 años? Y que significa lo de expediente sancionador concreto.
Un saludo
Le quiero distinguir entre procedimiento penal y administrativo.
Penal: se pide una condena y si esta es menor de 6 años de prisión hay que decidir si se cumple la condena o tiene que abandonar el país.
Si la condena es más de 6 años se cumple condena.
En estos casos lo que se dilucida es el delito y la expulsión es una opción que hay para delitos menos graves.
Administrativo: se incoa un procedimiento por la situación irregular de un extranjero en españa, y cuya sanción final suele ser expulsión y prohibición de entrada en españa por 5 a 10 años.
Lo único que tendría sentido es que tuviera un expediente abierto, lo condenaran a prisión y después de cumplir hubiera un expediente que continuara abierto.
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Me llamo Juan soy de pereira la abogada tiene razón delito inferior a la pena de 6 años es expulsión la cuestión es la siguiente que yo no estaba irregular yo tenia los papeles hasta el mes 02 del año 2016 tenia la residencia de 5 años, debido a que me ingresaron en prisión colabore para que me expulsaran en vez de cumplir los 5 años y medio de prisión que me ponían, tenia procedimientos judiciales pendientes todavía y me los cambiaron por la expulsión la policía de extranjería me decía que por la administración tengo prohibición de entrada de 5 años, pero sin embargo, cuando el juez autorizo mi ingreso en el centro de extranjeros de aluche en madrid me dijo 1ue eran 10 años de prohibición por el numero de antecedentes que me constaban llevaba 9 años viviendo en ourense pero los últimos años estuve solo desamparado y más con el desempleo y el sistema de gobierno de mariano rajoy (pp) simplemente crea la crisis para robar más dinero así se vio involucrado a finales del año pasado al extesorero del pp, y después echan la culpa a que españa es un país muy turístico y tiene muchos extranjeros que viven en el y por eso entramos en crisis por tanto extranjero según el gobierno, para mi se lavaron las manos, porque dejan sin trabajo al pueblo extranjero o bien para que migren hacia otros lados o bien para que gente cabeza de familia o con obligaciones en mi caso nos vemos amarrados y esto nos lleva a cometer delitos, luego viene la cárcel y finalmente la expulsión este sistema quiere decir que nos quieren echar, ya se ven con los planes retorno lo que ofrecen para que no vuelvan. ¿Ahora si lo dicho mi inquietud es que yo quería saber que pasa después de esos 10 años de prohibición quisiera volver el día de mañana ya que tengo familia y de que manera podría acceder?

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