Consulta legal sobre condiciones de trabajo en la empresa

No se si es este el sitio en donde debo de expresarme, si no es así perdón e indicarme donde sería el lugar para este tema.
En primer lugar deciros que somos una plantilla de un pequeño municipio, somos un total de 24 agentes.
Desde siempre hemos funcionado con una plantilla, cuadrante,... Consensuado y votado por todos nosotros en donde se reflejaban todos los días del año desde enero hasta diciembre, dicho cuadrante posteriormente se le entregaba al jefe el cual se lo pasaba a la firma al concejal delegado.
Así desde que la policía se instauró hace 30 años
En dicho cuadrante últimamente, trabajábamos de lunes a viernes con 4 o 5 agentes por turno en mañanas, tardes y noches, y los fines de semana lo dejábamos en 2 agentes por turno.
Dicha planilla venía así desde hace 4 años, que es cuando se firmó la valoración de puestos de trabajo en donde "dicen" que estamos pagados con por dinero al mes por hacer nocturnidad y festividad, es decir hace 4 años cobramos por dinero con dicha planilla, saliendo a trabajar más o menos 1 fin de semana al mes.
Espero que no esté resultando tostón.
Ahora con el nuevo "jefe", de buenas a primeras, a mitad de año, nos impone una nueva planilla en la que trabajamos ¡ 3 fines de semana al mes ! Y solo libramos ¡ 1 !
Y que además ya estamos pagados.
Lo malo de la situación es que el concejal delegado lo apoya en todo y apoya al jefe.
Además el inconveniente de "cortar" dicha planilla a mitad de año e instaurar la nueva, es que a final de año todos deberemos horas. Y no sabemos si después de entregarte la nueva planilla firmada por él y por el concejal delegado, te puede mandar ir a trabajar por falta de horas, creemos que es una "mala planificación"
Pero esto no es todo, como os dije, desde que se crea la policía municipal, antes se podía hacer un cambio de turno con un compañero, es decir tardes por noches, día por día, todo esto previamente mediante escrito y notificándolo con antelación al jefe.
Pues bien ¡ También! Nos ha quitado dichos cambios, con lo cual, si tienes un evento, cumpleaños, o cambiar de turno porque coincides con tu pareja, ¡ Te jodes !
No tenemos reglamento interno, ya que todos nos llevábamos de PM, y por lo que veo, no hay muchas ganas de hacerlo.
Esto es a grandes rasgos el nuevo cambio que nos supone el nuevo ¡ JEFE ! .
En fin esperando vuestros consejos.
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La complejidad del asunto que plantea no permite dar una solución en este lugar, pero ¿no están ustedes sindicados? Los sindicatos, los representantes sindicales, son los encargados de velar por las condiciones en que se presta el trabajo, y, en cualquier caso, ustedes (bien por sí mismos bien a través del sindicato) siempre podrían recurrir, primero en vía administrativa y después en vía judicial, cualquier condición de trabajo o modificación de las mismas que consideren abusiva.

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¿Cuál es la pregunta?
Pues que si tiene derecho a lo anteriormente expuesto.
Gracias
Depende de lo que diga el Convenio, que es por el que se regirá específicamente vuestro trabajo.
Pues en el convenio no se refleja nada, no hay ningún anexo específico para la policía, todo lo veníamos haciendo de costumbre y desde hace 25 años.
No tenemos reglamento interno, porque como he comentado hasta la fecha no nos hacía falta.
Si no hay Convenio específico deberá regirse por el genérico o por El Estatuto de los Trabajadores y si en ninguno de ellos se especifica nada, podemos tomar la costumbre como elemento regulador.
Respuesta
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Lo siento, pero por falta de tiempo voy a apartarme una temporada de mis labores como experto en esta web.

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