¿Cuándo es legal un prohibido aparcar?

Veo a menudo que ponen vallas metálicas acotando una zona delante de un edificio, sin que haya obras de gas o similar. Igualmente, hay en mi casa un rebaje de la acera perteneciente a una empresa que ya cerró pero que continúa teniendo la placa de prohibido aparcar aunque sin el número de licencia de vado debajo de ella, como creo que es preceptivo. ¿Se podría aparcar ahí si no tiene ese número? ¿Basta para anunciar una prohibición de aparcar, el tener el rebaje de la acera hecho y pintado, pero sin placa? Las vallas que no sean de reparación de tuberías o algo similar ¿pueden impedir al aparcamiento legalmente?

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La persona o empresa que pone vayas para que impidan el estacionamiento deberá tener un permiso municipal, si ve continuamente eso, comuníquelo a la policía local para que tome medidas.
Los accesos a garajes o portales que no tengan el VADO OFICIAL con su número, se podrá estacionar aunque tengan raya amarilla, e incluso aún más si se sabe que el garaje no ha pagado el recibo anual por tener el vado, la policía no podrá multar, ni llevarse el vehículo.
Le aconsejo que consulte con la ordenanza municipal de vados
un saludo

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