Sobre rescisión contrato arrendamiento/ entrega fianza

Tengo una duda que me gustaría consultarle y es referente a la rescisión de un contrato de arrendamiento de vivienda habitual.
El inquilino me comunico por llamada telefónica la intención de no seguir en el apartamento después del primer año de contrato, fecha pactada en el mismo.
Me gustaría firmar la rescisión pero a lo que no estoy dispuesta es a disponer tan solo de unas horas para ver el estado en que esta el apartamento, pues además según la ley dispongo de un mes entero para verificar su estado antes de hacer la devolución de la fianza.
El API que me lleva los alquileres me propone el firmar ya la rescisión del contrato haciendo la entrega de llaves, especificando en este contrato la fecha límite para yo hacerle entrega de la fianza en caso de encontrarse el apartamento sin ningún deterioro o en su caso descontarle las reparaciones necesarias aportando el presupuesto del servicio técnico en el cual especifique que tal/es desperfecto/s han sido ocasionados por un mal uso y no por desgaste normal, así como el coste de la reparación en caso de ser necesaria o de su sustitución
Yo lo veo lógico hacerlo así, pero no sé hasta que punto me conviene hacer la firma de la rescisión antes de hacer la entrega de la fianza y mucho menos de un aval bancario con prorroga y cobro a primer requerimiento, a pesar de que no creo que haya desperfecto por valor superior a 580 euros..
Estimaría su opinión agradeciéndosela de antemano

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Estoy de acuerdo con el API. La rescisión es sólo el cese del arriendo. Cuando la firmes dispondrás de un mes para evaluar los daños y devolver o no la fianza.
El aval bancario imagino que es sólo para la rentas y no los desperfectos.
Lo haré de esa forma entonces ml gracyas por la confyrmacyón...
pd: syento escrybyr con la y gryega pero debo de tener algún fallo en la tecla pues aunque la pulse no escrybe
y por cyerto en la clausula de aval pone que es para hacer frente a todas las responsabylydades que ymplyca el contrato y por ello supongo que sy me dejaran la casa destrozada y me tuvera que cobrar 3.000 euros en su reparacyón podrya en tal caso hacerlos efectvos del aval ya que la fanza es una que no excede de 600 euros
saludos
En ese caso sí.
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Puedes firmar la rescisión, pero no devuelvas la fianza hasta no ver el estado del apartamento.

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