Pensión de orfandad

Recibo una pensión de orfandad hasta que cumpla los 22 años (tengo 21), el problema es que este verano he empezado a trabajar y no se si tengo derecho a seguir cobrándola o no, es decir, no se si es compatible con el trabajo o no.
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Opino que si superas el SMI (Salario Mínimo Profesional), te pueden quitar la pensión de orfandad. De todas formas, no es mi especialidad jurídica. Busca un experto en Seguridad Social y Trabajo en éste foro.

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Quiero entender por tu pregunta que la pensión te proviene de la Seguridad Social y por tu edad, que la misma deriva de una orfandad de padre y madre.
Siendo así y si no padeces ningún tipo de minusvalía, cesará tu derecho a pensión desde el momento en que comiences a trabajar, si fuera en un puesto de trabajo en la "Administración Pública" o si tu sueldo superara el 75% del salario mínimo interprofesional (442,20 Euros/mes)
Para cualquier ampliación puedes consultar tú misma las páginas de la Seguridad Social (www.seg-social.es) en las que aparece información específica sobre el tema o bien me indicas por esta misma vía algún dato más concreto.
Un cordial saludo y quedo a tu disposición.
Gracias por tu respuesta. Efectivamente la pensión que recibo es de la seguridad social, por orfandad parcial (solo de padre)y es por una cuantía de 200 euros.
A partir del próximo marzo de 2003 pierdo el derecho de cobrarla, ya que cumplo los 22 años.
Mi problema seria que en el pasado mes de agosto estuve trabajando (dada de alta en la seguridad social)y cobre un salario superior al salario mínimo, pero ya estoy igual que antes, sin trabajar¡ Entonces no se si me la tienen que quitar o no.
De todas formas este mes ya me la han ingresado en el banco, y eso es lo que no me convence, ya que a un conocido, la SSocial le dio una pensión que no le correspondía y luego la tuvo que devolver con intereses. Y eso es lo que no quiero que me ocurra a mi.
¿Qué hago?
Gracias
Como te indicaba, el derecho a la pensión cesa cuando se percibe el salario. El cese se mantiene mientras se percibe el salario y se recupera de nuevo la prestación, es decir, vuelves a seguir cobrando la pensión en el momento que dejas de trabajar.
En teoría, no deberías de haber cobrado la pensión durante el tiempo que has trabajado.
Tú puedes hacer lo que estimes oportuno. Yo te aconsejaría que mantuvieras apartado el dinero de la pensión del tiempo que has trabajado por si te la reclamara la Seguridad Social.
Al margen de "legalidades", entiendo que sería lo más oportuno.
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Siempre y cuando no avises al órgano que te proporciona la pensión o que este no se entere no habría problema, la pensión por orfandad en realidad es un subsidio por que careces de padres de todos modos no existe problema pero trata de que no se comunique al órgano que te paga a fin de evitar tramites
Ya, pero el problema no es que se enteren, porque por ejemplo este mes me la han ingresado, y se supone que ya no deberían haberlo hecho. Lo que ocurre es que me han contado que si no la devuelvo, puede que luego tenga que devolverles toda la cuantía más intereses. (Le ocurrió a una abuela que cobro una pensión de invalidez que al final no le correspondía)
¿Entonces qué hago? ¿Guardo silencio?
Gracias
La pensión por orfandad no se pierde por que trabajes ya que la pensión es un derecho que por ley te corresponde, te pongo un ejemplo si fuaras una mujer vuida que cobra una pensión y consigues un trabajo, ¿qué deberías hacer? ¿Dejar de cobrar la pensión o renunciar a ella o al trabajo? Tu cobra la pensión no te preocupes de todos modos puedes consultar en el órgano que te paga si es correcto lo que te digo o no, pero desde ya esa pensión es un derecho que te asiste y como tal no puede dejarse de lado si consigues un trabajo. ¿Ahora por que me dices que te la ingresaron este mes y no te corresponde ya? ¿No es que te queda un año aun?

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