Partición Judicial de una herencia

Me gustaría que alguien me pueda ayudar en esta consulta.
Yo y mi hermana somos herederos de un testamento de mi abuelo(mi madre falleció) el caso es que con mi tío(hermano de mi madre) no nos llevamos para nada bien y ya nos engaño en el testamento de mi abuela y ahora nos quiere volver a engañar en el testamento de mi abuelo, pero mi hermana y yo no queremos permitirlo. Aparte de algo de dinero que ha dejado mi abuelo que es poquito. Hay un inmueble, el cual esta alquilado con renta antigua, ¿y el dinero se lo esta llevando mi tío(nosotros deberíamos cobrar algo?) A nosotros nos han puesto la legitima. Porque mi tío les hizo cambiar el testamento antes de morir a mis abuelos a su favor claro.
¿Cómo no etsamos de acuerdo con la tasación del piso que ha puesto el y en general con nada.. Parece que lo único que nos queda es la partición judicial . Que habría que hacer? ¿Hay qué contratar obligatoriamente abogado y procurador? ¿Cuánto podría costar esto? Una vez terminado el juicio. Si el juez nos da la razón a nosotros. ¿Se le podría hacer para que pagara el costo del juicio el?

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Antes que nada podrías concretar tu comunidad autónoma
Hay en algunas comunidades autónoma reglas especiales para la herencia
Para solicitar la partición judicial necesitarías abogado y procurador, sobre la condena en costas depende de cual es su actuación en el proceso
Mi comunidad autónoma es MADRID
Como descendientes de tu abuelo tenéis derecho a la legítima, que según el código civil serían 2/3 de la herencia, si bien el testador puede disponer de 1/3 como mejora a favor de uno de dus descendientes
Si no ha hecho uso expreso de la mejora, como mínimo os corresponde la mitad de esos 2/3 de la herencia (la otra mitad sería para tu tío)
Si no estáis de acuerdo en la forma en que el propone la partición podéis solicitar del juez el nombramiento de un contador partidor que las realice, para ello necesitareis abogado y procurador
Sobre la condena en costas depende de la actuación de vuestro tío, si se opone podría ser condenado a costas
Una vez echa la partición podríais aceeder a la parte de alquiler que os corresponda o solicitar la división de la casa mediante su venta
Gracias por tu pronta respuesta. Mi hermana y yo estábamos pensando en contratar un tasador para que valore el piso. ¿Tenemos derecho a poder hacerlo? Lo digo porque esta persona(mi tío) no contesta el teléfono ni los mensajes, y no se si tenemos derecho a ello habiendo incluso inquilinos viviendo.
¿Lo de la partición judicial es diferente a lo que me comentas de pedir al juez el nombramiento de un contador partidor? ¿O es lo mismo?
También quisiera saber si todo esto del juicio más abogado y procurador cuesta mucho .. dado que el montante económico que se baraja no es mucho... y saber si estos juicios suelen demorar mucho.. o suelen ser de los famosos juicios rápidos.
Si hubiera que realizar un juicio, no se si usted conoce algún buffet de abogados que me pueda recomendar para este tipo de casos...
Gracias.
Vosotras podéis contratar si quiereis un tasador que realice esa valoración, pero esa tasación no obliga a tu tío si no se compromete antes a aceptarla, el puede contratar otro tasador
En todo caso si hay personas viviendo en la casa es imprescindible su consentimiento para entrar en ella a realizar las operaciones de tasación
Lo del contador partidor es distinto, es una persona designada por el juez para que realice las operaciones de partición de la herencia de una persona, pero claro si solo hay un bien poco hay que repartir
Lo que tenéis que promover son las acciones para reclamar vuestra parte en la herencia, impugnando en su caso las disposiciones que reduzcan vuestra legítima, una vez echo esto y con los bienes a vuestro nombre en la parte que os corresponda podéis solicitar la división judicial del bien mediante su venta en subasta y entrega del dinero obtenido a los propietarios según su participación
Lo de los gastos está a la negociación con el abogado y lo de los plazos depende de como esté de saturado el juzgado en que recaiga
Bien,, ya me va quedando más o menos claro lo que tendría que hacer... y lo que no... Gracias.
Lo que no entendí muy bien es la parte en la que me dices :
Lo que tenéis que promover son las acciones para reclamar vuestra parte en la herencia, impugnando en su caso las disposiciones que reduzcan vuestra legítima, una vez echo esto y con los bienes a vuestro nombre en la parte que os corresponda podéis solicitar la división judicial del bien mediante su venta en subasta y entrega del dinero obtenido a los propietarios según su participación.
¿Todo esto se lo diría al abogado que contrate y me imagino que lo entendería no? Estoy entediendo que ese inmueble, ¿mi tío lo va a tener que vender si o si?, porque creo que tenia pensado quedárselo.
¿La venta en subasta seria beneficioso para nosotros para poder sacar más dinero por el piso?
Gracias de nuevo...
Evidentemente el abogado que contratéis podrá realizar un estudio en más profundidad del tema y tomar las medidas que estime más adecuada a vuestros intereses
Si quiere quedárselo tendrá que abonaros a vostras el precio que estiméis oportuno y si no quiere podéis instar la venta en subasta
Sobre el precio de la subasta no puedo aventurar nada, todo depende de los postores que puedan concurrir

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