Modificación convenio regulador

Mi situación es la siguiente:
LLevo separada casi 5 años y dicorciada casi 3 con un niño de 4 años, como verán de los datos, mi ex marido me abandono por otra embarazada de casi 5 meses.
El caso es que siempre he cumplido el convenio regulador a rajatabla incluso antes de regulación alguna el veía al niño cuando quería.
Pero últimamente esta fallando en algunos puntos del convenio, de primeras jamas me ha abonado los gastos escolares y de medicinas que son a medias, por otro lado en mayo le tocaba estar con el niño la mitad a de los días que tenían vacaciones spor pasar de tres y me dijo que no lo podía llevar por que est´trabajando en otra provincia porque lo que yo con mucho gusto disfrute más si cabe de mi pequeño.
En Senana Santa me comento lo mismo que estaba fuera y que le cambiara las vacaciones, ya que me tocaba elegir ami al final consiguió librar.
El caso es que desde hace meses mi hijo me dice que duerme unos días en un sitio y otros en otros, yo aún no se cual es su dirección exacta. Pero me comenta que se queda a dormir en casa de la hermana de la paraje de su padre, o sea una persona ajena, a lo que su padre me contesta que si pero porque el niño quiere ya que esta con un niño de su edad.
Mi pregunta es si en el conevnio se regula que debe pernoctar con el padre ¿Puede dejarlo casi como norma general a dormir en casa de una persona sin ninguna relación de parentesco? ¿Puede disfrutar las vacaciones scomletas sino va a estar con el.
Es decir puedo solicitar una modifiación del convenio para que el padre disfrute de su hijo cuando pued es decir cunado realmente pueda hacerlo sin tener que dejarlo con 3 personas ajens, habida cuenta que el niño no disfruta ni siquier ade sus abuelos paternos más que cada 4 mesmes o negativa de el a que sus abuelos acudan a ver al niño.
Siento haberme extendido tanto pero es que ya no se que hacer porque mi niño cada vez que se tiene que marchar lo hace llorando incluso arañándome para no separase de mi en fin no se que hacer.
Respuesta
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Debería vd., en primer lugar, intentar llegar a ese acuerdo con él, de forma que si hay fines de semana que no puede tener al niños con él, se lo diga y lo cambien para cuando pueda, y lo mismo con las vacaciones. Si él no se aviene, tendrá vd. que solicitar una modificación de medidas para que, puesto que el niño se queda con extraños y esto le está causando problemas, esas visitas sean de días sueltos, sin que el niño pernocte, y tuteladas. Para ello deberá vd. solicitar al juzgado que emita un informe psicosocial del menor.
En primer lugar muchas gracias por su atenderme.
Tengo una duda más, el otro día me comento que si el niño sigue de la misma forma es decir no queriendo ir y intentando escaparse por no ir y demás..., que va a solicitar un punto de encuentro, porque el problema es que no quiere salir del ambiente en el que esta.
Que luego esta muy feliz pero que no quiere salir del ambiente por lo que quiere que me despalce 56 Km. A un punto de encuentro y que lo entregue allí.
Otra cosa en el 2004 cuando me abandono embarazada de 5 meses y desde eñ primer día le deje ver al nño incluso antes de la firma del conevio regulador, tuvimos algún momento de tensión que se comentaron previo a la firma del convenio con ambos abogados, ya que el acudía con su nueva pareja a buscar al niño y eran momentos delicados, y posterior a la firmar no dse ha producido ningún momento similar, ya más de 3 años.
Pues me comenta que grabó con una cámara oculat en su furgoneta desde un vial publico escenas en las que aparce incluso el menor en las que nos increpamos y que las ha visto mucha gente y als puede presentar para padir el punto de encuentro.
¿Mi pregunta es no son ilegales las grabaciones con cámara oculat en vía públic? LO 1/982 art. 7.5, ¿Puedo actaur en algún sentido?
MuchaS gracias
Esa grabación, hecha sin su consentimiento y sin su conocimiento, no puede ser usada en juicio, ya que tampoco hay autorización judicial para la misma. En cuanto al punto de encuentro, no se designa el que él elija, sino el más conveniente para el menor, y puede señalarse el más próximo al domicilio del menor, para evitarle así desplazamientos.

1 respuesta más de otro experto

Respuesta
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Antes de contestarte necesitaría saber una cosa, ¿en qué país estas?
En España.
Gracias por la celeridad
Te cuento que yo soy de Argentina por lo que deberías preguntarle a un experto de Esapña, dado que en cada país las leyes son distintas.

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