Separación con bebe lactante.

Me quiero separar de mi pareja con la cual no estoy casada ni soy pareja de hecho, el caso es que me gustaría saber que pasaría con nuestro hijo, ¿en qué se basan para darle la custodia a un progenitor u otro? ¿Cómo podría saberlo de manera casi segura a quien se la darían? Por que tengo muy claro que si me separan de mi hijo, no me separo, el tiene un trabajo fijo, y yo solamente temporal. Yo creo que un punto a mi favor es que el niño a pesar de que tiene 1 año aun toma el pecho infuliria en algo eso, ¿o al ser en niño tan mayor y tomar otros alimentos no lo tendrían encuenta?

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Estimada usuaria
No debe preocuparse en absoluto, la guarda y custodia se la darán a Vd., con toda probabilidad.
El criterio esencial para decidir a quien se dará la guardia y custodia es el interés del menor, y resulta evidente en su caso que el bebe, no ya solo por estar en periodo de lactancia (que resulta determinante por supuesto), sino porque se supone que es Vd. la que le da de comer, la que está al cuidado mucho más tiempo, seguro que es Vd. la que hace sus comidas, la que cambia pañales más a menudo, la que lo lleva al pediatra, la que controla las vacunas etc etc. Piense Vd. quien de los dos progenitores cuida al bebe, pues el Juez hará lo mismo y obviamente, en beneficio del bebe, ¿con quién cree Vd. que estará mejor cuidado?... pues eso mismo pensará el Juez.
No debe preocuparse por la guardia y custodia; si debe Vd. exigir una pensión de alimentos adecuada a los ingresos de su pareja y en cuanto al régimen de visitas, supongo que debe Vd. ser generosa, aunque dado que ahora está en periodo de lactancia debe pensar bien en como y cuanto tiempo el padre podrá estar con el bebe.
Muchas gracias por la explicación, pero hay algo que no tengo muy claro, por supuesto que soy yo la que cuida del bebe, ¿pero cómo puedo yo demostrar ante un juez eso? Por que si el quisiera quedarse con el niño, estoy segura que haría todo lo posible por conseguirlo.
¿Sobre la pensión alimenticia cuanto debería debería de pedirle? ¿Hay algún porcentaje de su sueldo?
¿En cuánto al régimen de visitas que es lo habitual en estos casos? ¿Tendría el niño que pernoctar con el alguna vez?
La hipoteca la tenemos a nombre de los asique doy por hecho que seguimos pagándola los dos y el disfrute de la casa sera para el niño, pero los coches que tenemos, ¿qué pasaría con ellos? Los dos están a su nombre pero los pagamos a medias, me quedaría yo con alguno de los dos coches.
Muchas gracias nuevamente.
Un saludo.
No debe preocuparse en absoluto por la guardia y custodia y lo puede demostrar de muchas formas:
1.- Testigos, preguntas directas a su esposo sobre el detalle de los cuidados (no crea que puede engañar al juez y abogados), y además porque se suele hacer un informe pericial psicológico por el equipo del Juzgado de familia que estudia y entrevista a ambos progenitores, informe de la pediatra de quien lleva al bebe a consultas etc etc.
2.- La cuantía de pensión de alimentos depende de las circunstancias económicas, lo que el gane, lo que el bebe necesite, lo que Vd. gane también, el uso de la vivienda etc etc, pero puede ver unas tablas orientativas en función del sueldo de su pareja en el siguiente enlace
http://www.tortosadelcarpio.com/tablaalimentos.html
Son tablas orientativas que vienen en la revista de derecho Lex Nova y que los despachos las publican a modo de publicidad
Régimen de visitas = fines de semana alternos, algún día entre semana y mitad de vacaciones, aunque siendo bebe lactante la pernocta en casa de su ex, puede no ser aconsejable, así que en caso de que Vd, s. no se pongan de acuerdo, se hará el régimen que recomiende el equipo técnico del Juzgado.
La vivienda como Vd. dice es lo más probable.
Los coches puesto que no están casados, son una propiedad del que pruebe que los compró y pagó, y no entran en el juicio de guardia custodia y alimentos. Digamos que ese problema es un problema que deben resolver Vd, s. sin que el Juzgado de familia entre a dirimir diferencias porque no tiene competencia para ello. Es como si Vd, tiene una finca en copropiedad con otro, en fin, que deberán decidir de quien son los vehículos, en función de quien los pagó. Es decir, si puede probar que los pagaron a medias entonces son propiedad de los dos y deben repartirlos en proporción a lo que cada uno pagó.
Muchas gracias por toda la información, me es de gran utilidad y me deja mucho más tranquila el saber que casi con toda probabilidad me quedare con mi bebe que es lo más importante en este mundo para mi.
Es Vd. un gran profesional y ademas muy buena persona al ayudarnos tan eficazmente mediante esta web, sin ningún animo de lucro, que en los tiempos que corren es de agradecer enormemente.
Si usted no trabajara tan lejos de mi lugar de residencia, sin ninguna duda le contrataría para ayudarme.
Muchísimas gracias nuevamente.
Un saludo.

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