Reclamación mutua madrileña

Hace 2 años sufrí un accidente, era el conductor pero no el propietario del vehículo ni asegurado y dí positivo. La mutua se hizo cargo de todos los gastos. Ahora ha salido el juicio, por el que fui condenado a retirada de carnet. Ningún representante de Mutua se presento al juicio.
Me ha llegado una carta de la mutua reclamándome todos los gastos. Me dice que pague la cantidad de todos lod gastos (coche que conducía, coche contrario, etc) o me pondrán una demanda tanto a mi como conductor como al tomador del seguro.
¿Es esto normal?
¿Debería de pagarlo?
¿Ante una reclamación tendría alguna defensa?

2 respuestas

Respuesta
1
La aseguradora al haber respondido directamente de esos daños puede reclamárselos si usted ha sido responsable del accidente
El art 10 del RD Legislativo 8/2004 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor señala:
El asegurador, una vez efectuado el pago de la indemnización, podrá repetir:
a) Contra el conductor, el propietario del vehículo causante y el asegurado, si el daño causado fuera debido a la conducta dolosa de cualquiera de ellos o a la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
b) Contra el tercero responsable de los daños.
c) Contra el tomador del seguro o asegurado, por las causas previstas en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, y, conforme a lo previsto en el contrato, en el caso de conducción del vehículo por quien carezca del permiso de conducir.
d) En cualquier otro supuesto en que también pudiera proceder tal repetición con arreglo a las leyes.
La acción de repetición del asegurador prescribe por el transcurso del plazo de un año, contado a partir de la fecha en que hizo el pago al perjudicado.
Eso quiere decir que si ellos pagaron en febreo de 2009 si me reclaman en abril de 2010 que fue cuando salio el juicio, ¿la reclamación estaría en periodo prescrito?
En caso de llegar a juicio con la mutia por la reclamación, ¿qué posibilidades hay? Tanto para el conductor como para el asegurado siendo distista persona.
Muchas gracias.
Tienes que tener en cuenta que cualquier reclamación (sin necesidad de que sea judicial) que hayan podido hacerte interrumpe la prescricpión y hace contar otro año y que el plazo en todo caso se cuenta hasta la interposición de la demanda no hasta la celebración del juicio, esto es si la demanda se presentó antes de febrero de 2010 estaría dentro de plazo
Si las pruebas contra usted son claras en cuanto a que condució con tasa de alcohol lo tendría complicado
La reclamación en principio debería dirigirse contra el conductor que fue el responsable del accidente
La reclamación me la hicieron vía carta notarial, de la información que no dispongo es la fecha de los pagos de la mutua.
Las pruebas contra mi son clarisimas, puesto que en el cuicio se llegó al acuerdo de retirada de carnet aunque todavía no me ha llegado la sentencia en firme.
Cuando me llegó la reclamación y me dirigí a los abogados de la mutua, me informaron que ellos reclamarían contra todos los posibles... conductor, propietario del vehículo y tomador del seguro en caso de que no fueran la misma persona.
Esa reclamación notarial interrumpe la prescripción y hace contar otro año
El intento de dirigirse contra todos obedece a la probabilidad de que uno solo no tenga para poder embargar lo suficiente
Respuesta
1
La aseguradora tiene derecho a reclamarle todos esos gastos que le ha causado ya que ha sido condenado. Pero tiene que demostrar que ha pagado esos gastos, ya que en caso contrario usted puede negarse.
¿Osea qué le puedo reclamar las facturas de dichos gastos?
La aseguradora solo tiene derecho al pago de esos gastos si demuestra que los ha pagado. Puede negarse a dárselos a usted, pero si le demanda a usted judicialmente tendrá que presentarlos en el juzgado, en caso contrario no se los reconocerán.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas