Expediente de matrimonio en registro civil

Quiero iniciar el expediente para casarme con mi novia rusa en un registro civil de Tarragona.
Tenemos ya todos los papeles que se piden y el otro día fui al registro civil para indicarle que iríamos con los testigos el mes de julio para iniciar el expediente, que es el mes que mi novia estará aquí con visado turístico.
Para mi sorpresa, la secretaria me dijo que ella estará de vacaciones a partir del día 8 de Julio hasta final de mes, y que sólo ella puede hacer elos expedientes de boda, y que no habrá ningún secretario sustituto.
Sobre los días 5, 6 y 7 de julio, me dijo que ella estará muy ocupada y no pueden iniciar el expediente.
Yo ya había ido hace 2 meses a ese registro civil para pedir informaicon sobre los papeles necesarios y esa misma mujer no me había dicho nada de que el mes de julio estaría de vacaciones. De no hacer el expediente en julio, mi novia tendrá que volver a Rusia y volver más adelante en otro viaje, con los gastos y papeleo que ello implica.
Esto parece una negligencia de este registro civil o esta secretaria, ¿no?
¿No tengo derecho que me hagan este expediente, al menos los días 5, 6 y 7 que la secretaria estará todavía en el registro trabajando?
Si el secretario está de vacaciones, ¿no están obligados a iniciar el expediente mediante algún otro de sus funcionarios?
¿Qué puedo hacer?

2 Respuestas

Respuesta
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Nosotros le recomendamos que asista a la oficina de atención al ciudadano de los juzgados y que presente una queda... a esperas de ver que le dicen...
También puede intentar ir esos días, que estando aquí su novia, la secretaria no esta de vacaciones.
Agradecemos valoración de la respuesta.
De acuerdo, así lo haré.
¿Pero el juzgado de paz tiene esta oficina?
Resido en una pequeña localidad sólo con juzgado de paz.
Gracias.
Si usted reside en una localidad solo con juzgado de paz, ellos le enviaran la documentaicon al Registro Civil. La oficina de atención al ciudadano esta en el Registro Civil de su provincia.
Agradecemos valoración de la respuesta.
Respuesta
1
El Expediente lo inicia el Secretario, que es su competencia, y para aportar documentos o comparecer, es el Secretario quién le tiene que citar, no puede vd. comparecer cuando quiera, por lo que si no le dan cita para esos días, vd. no podrá hacer nada.

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