Mi ex puede dejar de pasar la pensión por estar en paro

Estoy separada legalmente hace casi 7 años y tengo la custodia de mis hijas. La mayor hace 1 año y 8 meses que se fue a vivir con su padre, tenia 20 años cuando se fue. ¿Su padre hasta esa fecha pasaba la pensión alimentencia de 300? Por 2 niñas, ¿al irse la mayor me pasaba 200? Para la pequeña. Ahora mi ex se ha quedado en el paro y me esta pidiendo la pensión a mi, de la mayor, y en principio me esta diciendo que no me va a pasar la pensión de la pequeña, ¿esto es legal?
¿El hasta la fecha a estado un sueldo de unos 2000? Mensuales, como mínimo, ¿y claro yo me pregunto si esto es así?, porque yo no lo veo justo, ¿yo gano 1000? Al mes más o menos cuando trabajo, el año psado trabaje 6 meses, y tengo una hipoteca que pagar, y es mi actual pareja la que me ayuda con los gastos. Y no creo que sea responsabilidad mía, ni de mi actual pareja, el que el se haya quedado en el paro.
¿QUÉ debo hacer? ¿Puede retirarme la pensión de la pequeña por quedarse en el paro? Mi hija la mayor ahora tampoco esta trabajando.

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Su ex unilateralmente no puede modificar las medidas acordadas por la autoridad judicial, mientras no haya una resolución judicial de modificación de medidas él debe cumplir las que se impusieron
Él puede tramitar un procedimiento de modificación de medidas, en cuyo caso sería el juzgado quien decidiera como queda el tema de pensiones, sin esa modificación judicial ninguno de los dos puede unilateralmente modificarlas
¿Hola de nuevo
podría reclamarme algún tipo de pensión por la mayor que tiene 22 años?
Muchas gracias
Si ella depende económicamente de su ex si podría darse el caso de que se lo reclamase, el punto de inflexión que determina la obligación de pasar la pensión es la dependencia económica
Yo tengo la custodia también de la mayor, pero ella decidió irse, lo cual yo no impedí en ningún momento ya que era mayor de edad. ¿Hasta qué edad se ha de pasar la pensión alimenticia cuando los hijos no están estudiando?
Muchas gracias por su pronta respuesta, me ha sido bastante aclaratorio y si se me presentase cualquier duda al respecto, no dudaría en volver a contactar con usted.
Como le he comentado la regla general es la dependencia económica, no tanto la edad, pero claro esto no puede suponer que los hijos estén siempre dependiendo económicamente de los padres
Hay que estar caso por caso, no se puede dar una regla general, pero si evidentemente el hijo que acabado los estudios no tiene interés alguno en buscar trabajo no puede reclamar de sus padres esa pensión (en este caso por medio del otro cónyuge con quien convive)

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