Importe de una multa

¿Quisiera me pudiera orientar sobre unas dudas que tengo a cerca de una multa?
Si se me multo en abril con falta leve 40euros, por circular en carril bus y se me pedía por lo visto identificar al conductor, ya que la multa fue por captación de imagen y no he tenido notificación en domicilio, salí publicada en BOP donde se produjo la infracción(caduco a mediados de septiembre)
Se me mando el segundo aviso que tampoco he recibido, hice un escrito a primeros de octubre, que a fecha de hoy (06/11) dicen no hay entrada en el ayuntamiento ( menos mal que tengo copia sellada por Subdelegación de Gobierno) y he vuelto a ser publicada en el BOP pero ahora por 301 euros por no identificar al conductor, la multa no la puedo pagar porque no la tengo, el escrito que mandé mientras no le den entrada( ¡Si es que saben donde lo tienen!) No me vale de nada, ahora tengo 15 días para recurrir ¿pero qué hago otro escrito? Para que esté dentro de plazo y forma, ya que el que hice anteriormente al estar fuera de plazo, no se hasta que punto me valdría(ya que lo que pretendía era la notificación para poder o pagar o alegar)
Consultando la ley de trafico con la modificación que hubo (ley 18/2009 de 23 de noviembre) las faltas leves son hasta 100 euros, las graves 200 y las muy graves 500. También pone que en el caso de no identificar al conuctor que ha cometido una infracción el importe de la multa se graduará en función del tipo de infracción original si era leve el doble de la original, si era grave o muy grave el trile de la original, por lo que no entiendo si en un principio tenia falta leve (40 euros) como no he identificado al conductor, el doble sería 80 euros (Art 67.2.a) ¿por qué según pone el BOP me requieren 301 euros? No lo entiendo

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A usted se le habrá intentado notificar en el domicilio donde este matriculado el vehículo y al no ser posible, se le ha notificado por el BOP, cuestión completamente legal y que hace que usted este notificad legalmente.
Como no identifico al conductor, usted tiene dos expediente, uno por la sanción y otro por la no identificación del conductor. En cuanto a los importes, eso puede ser que estén mal, pero tenga en cuenta los recargos...
Si usted ha presentado un escrito de alegaciones por correo certificado administrativo o en un registro oficial, tiene sello de entrada y por lo tanto la administración tendría que contestarle, pero en algunos casos apuran los plazos y en otros no contestan, dándose por tanto silencio administrativo negativo...
Le recomendamos se ponga en manos de un especialista que le estudie los expedientes y sus posibilidades.
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