Me piden que identifique al conductor seis meses y dos días después de la infracción de tráfico.

El día 27/05/13 he recibido una carta certificada del ayuntamiento de Madrid para que identifique al conductor de una infracción de exceso de velocidad, sucedida el día 25/11/12. La conductora es mi mujer, pero mi pregunta es la siguiente: ¿No estaría prescrita ya la infracción? Me piden que identifique al conductor dos días después de pasarse el plazo de 6 meses de prescripción para las infracciones graves.

No he recibido ninguna notificación en casa en este tiempo, no hay nada publicado en ningún boletín y en TESTRA tampoco figura nada a fecha de hoy. La carta la escribieron el día 21/05 pero yo la he recibido, firmada al cartero, el 27/05

¿Qué debería hacer? La carta recibida es solo para identificar al conductor. ¿Debería identificar a mi mujer y esperar a que llegue la multa y reclamar después? ¿Debería reclamar ya desde ahora mismo?

Veo mucha información sobre los problemas de no identificar al conductor, pero en esos casos las cartas siempre se recibieron antes de los 6 meses de la infracción.

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Si usted no notifica al conductor, usted se puede encontrar con otro expediente sancionador por ello.

En cuanto a la prescripción, se debería de personar en el expediente para ver si se ha intentado alguna notificación, aunque usted no la haya recibido... yo le recomiendo que primero notifique el conductor, para evitar otro expediente sancionador y luego se persone en el mismo, para presentar alegaciones.

He llamado a Gestión de multas y me han comunicado que el plazo de seis meses se amplía un mes más si están intentando localizar al conductor. Lo cual me parece extraño si no se han puesto en contacto conmigo hasta 6 meses después. Un abogado me ha dicho que eso no es así, que la multa prescribe a los 6 meses y punto.

Pero también me ha comunicado que si cuando reciba la multa decido recurrir, por alegar que está caducada por dos días, me pueden llevar a juicio con todo lo que esto conlleva.

Ya me han asustado y casi me dan ganas de pagar y luego intentar reclamar, aunque supongo que ya no valdrá de nada.

Efectivamente el ayuntamiento tiene razón en lo que le ha dicho y pueden ampliar el plazo en un mes, para localizarle, pero en determinadas circunstancias... Sin conocer el caso concreto, no podemos indicarle mas.

Si usted paga, no puede recurrir pues se cierra el expediente.

Esta mañana se ha pasado una amiga por el Ayuntamiento, con una autorización mía, y ha pedido ver el expediente. No tenían ninguna certificado de entrega (debe ser que el que firmé el día 27 no les ha llegado aún), ni ningún aviso ni nada, al insinuar ella que esta multa estaría caducada por dos días el señor ha ido a hablar con otro compañero y comentarle que la infracción estaba caducada, el compañero le ha dicho se envió el día 21, a lo cual mi amiga le ha informado de que lo que cuenta es cuando la persona recibe la notificación, no cuando se envía la carta. El caso es que no le han dado ninguna respuesta.

Por cierto, no le han dicho nada de que el plazo se amplía un mes más.

Iré preparando la identificación del conductor para presentarla, como ustedes me indican, no sé si añadir que la infracción caducó, por si sirve de algo y evitar que me envíen la carta de pago.

Cuando usted notifique el conductor, la sanción le llegara a este conductor y el sera quien pueda alegar prescripción, en caso de existir. Pero no pasa nada por indicarlo.

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