Gastos por la venta de Garaje

Soy propietario de 1/9 parte de un garaje en las Islas Baleares y voy a venderlo.
¿El precio real de la venta es de 30000? Y quisiera saber:
1º.-Que tengo que pagar yo como vendedor, Impuestos, ITP, IVA, Registro, etc. Y que tiene que pagar el comprador.
2º.-Que cantidad corresponde a cada partida
3º.-Quien tiene que pagar al Notario.

4 Respuestas

Respuesta
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1.- Como vendedor, solo el IIVTNU y las plusvalías en la renta. El vendedor pagara un 7% de ITP
2.- La cantidad depende de multitud de factores. No puedo contestar a esta pregunta.
3.- El notario lo paga el comprador
Respuesta
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En una compraventa en Baleares hay que pagar lo siguiente:
a) Notaría +- el 1% del precio de venta.
b) Registro de la Propiedad: +- el 1% del precio de venta.
c) Impuesto de transmisiones patrimoniales, o IVA: el 7% del precio de venta.
d) Plusvalía municipal: debe acudir al Ayuntamiento a que le hagan el cálculo. Cada año cambia porque también varían los índices correctores que se aplican al mismo.
d) Plusvalía patrimonial: el 18% de la diferencia entre el precio que pagó y el precio por el que vende, después de descontar los gastos.
Los concepto a) b) c) y d) son por cuenta del comprador. Pero tiene que negociarlos antes explícitamente y consignar el acuerdo sobre su pago en las escrituras, porque la ley establece que, por ejemplo, es por cuenta del vendedor el pago de la plusvalía municipal.
Solemos decir que una compraventa cuesta el 10% (más o menos) del precio de venta, pero son costes para el comprador. Usted como vendedor tiene que declarar el ingreso que le haya proporcionado esta venta en su correspondiente declaración de la renta como régimen fiscal general. En su caso, los costes para el comprador serán de unos 3.000 euros, y para usted quedan pendientes de su cálculo personal, quizás nada.
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Lo primero, indícale que no es lo mismo que usted sea una empresa que un particular e incluso que usted o el comprador sean residentes o no residentes...
En caso de ser usted un particular español y vender a otro particular español (residente legal), ha de tener al día el pago de IBI y comunidad (con el correspondiente certificado), pero el resto de cuestiones le corresponden al comprador, teniendo en cuanta que no se paga IVA al ser de segunda mano y no ser usted el promotor... sino ITP.
El notario, le correspondería a usted el pago de la escritura matriz, y el resto al comprador, pero normalmente se pacta el pago de todos los impuestos y gastos de notario y registro para el comprador (legalmente son suyos casi todos menos lo indicado).
En cuanto a los cálculos, no los reslizamos desde esta página.
Si le recomendamos se ponga en manos de un abogado, para evitar problemas con la operación de venta.
Agradecemos valoraciond de la respuesta.
Respuesta
Lo que tiene que pagar cada parte se establece en el contrato. Normalmente la parte compradora suele pagar los gastos del notario y la vendedora el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía), el ITP y el IVA. El notario podrá explicarle cuáles son esas cantidades.

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