Robo-hurto de joyas

Tengo seguro hogar con condiciones particulares para joyas :robo 3700 euros. Hace 4meses, enseñando mi casa aun albañil para pto de cambiar ventana, su mujer se quedo afuera y al día siguiente faltaban las joyas del joyero en nuestro cuarto:Equivocadamente, al día siguiente, sospehe en denuncia puesta en guardia civil de esta pareja y denuncie HURTO, pues yo pensé que esta pareja confesaría y la guardia civil recuperaría mis joyas valoradas en bastante más que los 3700.
A los 4 días apareció una de las joyas robadas en una compra venta de oro(yo, había dibujado a colores todas mis joyas en la denuncia a la guardia civil)vendida por un rumano desconocido por mi. A los 4 días más, aparecieron otras cuantas retorcidas y sin piedras ni brillantes, en otra compraventa y vendidas por el mismo sujeto.
En cada recuperación, comparecí en guardia civil y como el sujeto fue detenido, en el juzgado donde solicite en la causa mi reparación de daños si hubiese posibilidad. Retire mi sospeha de la pareja de albañiles y me ofrecí contra el sujeto rumano.
Di parte y papeles de todo esto al seguro, indicándole que había sido un ROBO y no HURTO como de buena fe pensé al principio. Después de 3,5 meses tasando desperfectos de joyas, presupuestos ... Peritos, he recibido carta denegándome cuantía alguna por ser hurto de joyas.
A mi entender, al haber el sujeto saltado mi valla de 2 mts(casa unifamiliar) y seguramente haber estado vigilando mi casa para penetrar por medios no usuales(mi cerradura es normal de ferretería)cuando no estábamos dentro. Ha realizado un robo con intencionalidad y preparación del mismo. En la detención del sujeto, tenia joyas varias y dineroque pueden ser de otros golpes. Luego su habito seria el robo. Es un profesional de este tipo de asalto.
¿Qué debo hacer? Oriénteme en mi relamacion a la compañía DAsegurado y posteriormente a la DGS
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En principio habría que estudiar tanto el contrato de seguro que usted tiene suscrito como la denuncia y actuaciones judiciales para determinar si el hecho está o no cubierto por ese seguro
Las compañías de seguro son propensas a intentar excluir su responsabilidad por lo que el consejo que le doy es que acuda a un abogado que pueda estudiar toda la documentación y concretarle si es posible una reclamación contra el seguro
El seguro es típico multihogar, lo único especial es que para el robo lleva en condiciones particulares 3700 euros en joyas. Ademas en el librito que te dan, reconzco que en hurto especifica que no cubre las joyas
Concretamente ¿es robo lo que a mi me ha ocurrido? Mi primera denuncia la primitiva es de hurto, como le explico en mi pregunta, la pareja que viene a casa, mis sospechas...
¿Puedo o podría yo ahora, sabiendo lo que se, hacer una denuncia contra el sujeto que vende mis joyas, por ROBO? ¿Y así exigirle al seguro que cumpla mi clausula de 3700 euros en joyas?
Gracias
La calificación del delito corresponde realizarla en un momento posterior, será en la calificación del delito cuando se determine si se trata de hurto o robo, pero aún así hasta que no se dicte sentencia condenatoria no se podrá determinar que tipo de delito es
Ese libro que usted menciona es el importante a la hora de determinar cual es la cobertura del seguro, en relación con lo firmado
El hurto es coger algo que no te pertenece, el robo es hacerlo concurriendo determinadas circunstancias
Así el art 238 del CP señala: Son reos del delito de robo con fuerza en las cosas los que ejecuten el hecho cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
1º Escalamiento.
2º Rompimiento de pared, techo o suelo, o fractura de puerta o ventana.
3º Fractura de armarios, arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o sellados, o forzamiento de sus cerraduras o descubrimiento de sus claves para sustraer su contenido, sea en el lugar del robo o fuera del mismo.
4º Uso de llaves falsas.
5º Inutilización de sistemas específicos de alarma o guarda.
Estos elementos además de la violencia e intimidación lo que convierte el hurto en robo
En mi caso, pienso que el sujeto salto mi valla con toda seguridad, y no se como entro sin forzar puerta de casa.Le ruego me diga si yo, ahora que se incluso el nombre del sujeto que detuvieron y esta pendiente del juicio, podría denunciarle por ROBO.. Esta claro que mi primeray primitiva denuncia con mis sospechas y denunciando hurto, FUE UNA EQUIVOCACIÓN que me trae consecuencias fatales ¿tengo por esa equivocación, aguantar todo lo que me venga? Los acontacimientos posteriores, ponen en evidencia el error de mi denuncia:¡Puedo retirarla y hacerla nueva, desde la legalidad,? ¿Lo admite la ley?
Agradecido
Como le he comentado el que sea hurto o robo es algo que no se decide ahora, sino cuando se hayan reunido los elementos de juicio necesario para ello
Usted puede denunciarle por robo o por hurto, pero esto no quiere decir que se haya cometido un robo o un hurto, será cuando se realicen las investigaciones oportunas y se pueda conocer como se hicieron con esas joyas cuando se tenga que calificar el delito, y aún así mientras no haya sentencia firme condenatoria no puede determinarse si ha sido un robo o un hurto, aunque usted haya presentado denuncia por hurto si después resulta de las investigaciones que es un robo se calificará el delito así
Lo que debe hacer es enviar un burofax al seguro diciendo que de momento no está calificado el delito por lo que no pueden excluir su responsabilidad hatsa que el tribunal determine si se trata de un hurto o un robo
De todas formas, sigo recoméndandole que se ponga en manos de un abogado que estudie a fondo las condiciones del contrato de seguro contratado

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