¿Se le puede embargar?

A ver si me podéis solucionar esta duda:
El año pasado trabaje 2 meses para una empresa que cerro sin pagarme.
Denuncie y fuimos a juicio y en la sentencia se dictó que era despido improcedente y que tenia que readmitirme, pero como eso era imposible porque la empresa cerró, tenia que pagarme los salarios de tramitación más una indemnización, en total me debe 12700 euros, se mando la ejecución de la sentencia para saber si es insolvente y si no iré al fogasa, pero en el fogasa tardare mucho más tiempo en cobrar, y tampoco lo cobraría todo. Yo se que el tiene un piso en propiedad, y aparte vive en otro de alquiler, pero en ese piso creo que vive su ex-mujer (sus hijos son mayores de edad y no viven con ella).
Pero no se si el piso esta solo a su nombre o también a nombre de su ex. Mi pregunta es:
¿Se le puede embargar el piso si esta a su nombre y a nombre de otra persona?
Es que tampoco se le debería declarar insolvente si tiene medio piso en propiedad, ¿no?

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Efectivamente se le puede embargar ese 50%. Si dibujamos una suposición, podría darse el caso que la ejecución prosperara y que, a falta de otros bienes sobre los que trabar embargo, se ejecutara esa mitad indivisa. Si en algún momento se vende esa finca ud. tendría un derecho preferente, porque así constaría en el Registro de la Propiedad. Incluso podría forzar una venta de ese inmueble porque nadie está obligado a mantener un condominio, es decir, que si una propiedad está a nombre de más de un titular, cualquiera de ellos puede forzar la venta judicial en subasta pública si no está dispuesto a mantener esa copropiedad y no se alcanzan acuerdos para disolverla, aunque no corren buenos tiempos para vender en subastas.
Vale, lo entiendo, ¿pero el que podría forzar la venta de ese piso seria él que es el propietario no? Yo no podría hacerlo, pero claro, el no va a querer venderla sabiendo que si la vende me tendría que dar lo que me debe, ¿el preferirá tener media casa antes que venderla y darme mi parte no?
Lo que yo quiero decir es, si el tiene una deuda conmigo por orden judicial, ¿se le embarga su media parte y se subasta aunque el no quiera? ¿O tiene que dar el su permiso?
Quizás me he ido algo "lejos" en la suposición. El extremo de forzar la venta es para supuestos en que una propiedad está a nombre de más de un titular de forma "pacífica". En su caso lo que ud. tendría a su disposición es la posibilidad de ejecutar esa sentencia y forzar la venta en una subasta (aunque no corren buenos tiempos, como dije). Si no lo hace, esa anotación quedará ahí a su favor, hasta que algún día se venda o se ejecute otro embargo (que sería posterior al suyo), y ud. sería el primero en cobrar. En definitiva, efectivamente puede embargársele (y ejecutársele) su media parte quiera o no quiera.

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