Inst. Aire acond. En patio interior

Somos una comunidad de vecinos en la que se acordó que cualquier propietario se podría instalar un aparato de aire acondicionado de 2 elementos ( bomba exterior y splitter interior)en el patio interior del edificio. Se hizo una reunión de vecinos y se aprobó por mayoría pero no por unanimidad. ¿Es suficiente? ¿Es necesaria la unanimidad?. ¿Existe alguna normativa sobre la instalación de aire acondicionado en el patio interior de un edificio?.

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Se puede proceder a su colocación en el patio in terior, ya que es un acto aprobado por la Comunidad, sin más limitación. Es válido por mayoría este acto.

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