¿Quién debe pagar el proyecto y obras para el aumento de potencia eléctrica ne local comercial?
Le
Expongo mi duda: Soy propietario de un local comercial que está
alquilado desde el 1 de noviembre de 1994, desde entonces ha sufrido
diferentes traspasos en los que únicamente se hacía mención al aumento
de renta y a la duración del contrato. El caso es que las actuales
inquilinas me reclaman que pague yo todos los gastos necesarios para
solicitar aumento de potencia eléctrica, alengando
que son absolutamente necesarios para realizar la actividad objeto del
contrato, yo les indico que eso debería correr por su cuenta ya que en
su momento alquilaron el local con esa potencia y que si sus necesidades
al cambiado deberían ser ellas quien las pague, estamos hablando de
entre proyecto, obras de electricidad, albañilería y demás (+- 8000-9000euros).
Me
Comentan que no han podido cambiar la titularidad del contador de luz
por no tener la instalación las revisiones necesarias para ese cambio de
titularidad que sigue a nombre del que les cedió el local en traspaso.
Yo les indico que la revisión y la reparación de la instalación que
tiene en la actualidad se la reparo y pago el importe de la revisión por
el técnico autorizado (ingeniero técnico industrial- instalador
autorizado) pero me insisten que ellas necesitan aumento de potencia y
que tengo que ser yo como propietario del local el que tengo que correr
con todos los gastos para que ellas puedan contrartarla, vamos que quieren que pague yo el proyecto del ingeniero, las obras de electricidad y albañilería (+- 9000 euros).
Me
Intereso en la delegación de industria y me dicen que pasando la
inspección reparando la instalación actual ellos me dan la autorización
par que con ella vaya la inquilina a la compañía y cambie la
titularidad del contador.
Para terminar únicamente me queda por indicarle que el contrato
originario, que por otro lado es el único que hace mención a estas
estipulaciones hace mención expresa a que "todos los servicios de agua,
electricidad, etc, se contrataran por cuenta y a nombre del inquilino", selo expongo por si fuera necesario para su respuesta.