¿Es legal el cambio de comisión bancaria unilateralmente?

Tengo una c.corriente(BANCO) en la cual ingreso el dinero para pagar la hipoteca religiosamente.

Me cambian unilateralmente el mantenimiento de dicha cuenta a 75 euros semestrales (mucho mas que ahora).

Si domicilio la nomina según los ingresos me baja considerablemente dicho mantenimiento hasta 15 euros, lo he considerado un chantaje, ya que no puedo irme o cerrar dicha cuenta por motivos obvios de pago de hipoteca.

¿Es legal este movimiento unilateral bancario?

Me dicen que tácitamente lo dan por echo si no comunico nada .

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Efectivamente, creo que su indignación es lógica, ya que el Banco está actuando de forma unilateral. En un contrato de cuenta corriente, el Banco y usted pueden negociar las comisiones, pero el Banco no puede imponerlas en caso de desacuerdo.

Es un tema en el que todas las asociaciones de consumidores recomiendan no aceptar sin rechistar. Si usted recibe una liquidación con una comisión con la que discrepa, lo debe poner en conocimiento de la sucursal e intentar resolver la cuestión de forma amistosa (aunque le recomiendo que haga la reclamación por escrito).

En este enlace figura el texto de las buenas prácticas que recomienda el Banco de España. En la página 44 de ese PDF dice: El Servicio de Reclamaciones considera que no corresponde a los clientes soportar ninguna comisión por mantenimiento y/o administración cuando las cuentas se mantienen, con la finalidad de ser utilizadas exclusivamente para abonar los intereses de un depósito, o para dar servicio a un préstamo hipotecario...

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