Herencia del extranjero

He recibido un dinero de la venta de un piso en francia,¿se me impondrá impuestos por traerme ese dinero a españa? Tengo que pagar impuestos si lo traigo aquí, ¿qué debo pagar? ¿Es mejor que lo deje allí para no pagar impuestos aquí? ¿En qué puedo invertirlo aquí para estar exento de impuestos si es que no lo estoy ya? Soy residente en españa y pago a hacienda religiosamente,¿cuál es el tope de una herencia para pagar aqui?

Respuesta
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Evidentemente con esa herencia usted tiene una ganancia patrimonial que debe declarar y tributar por ella en su declaración del IRPF.

No debe pagar el impuesto de sucesiones español, ya que entiendo que usted lo que ha resultado es beneficiado por el fallecimiento de un extranjero, por el cual se habrá presentado, en el caso de ser oportuno según la legislación de su país, el correspondiente impuesto por la sucesión. Por lo que usted lo obtiene como le digo es una ganancia patrimonial, que tiene un origen distinto al de un salario o una nómina, y debe declararlo en la renta.

Le recomiendo que consulte con el asesor que le prepara la declaración, para que le concrete, en conjunto con el resto de particularidades de su renta, como le afecta esa ganancia externa.

Espero haberle servido de ayuda y quedo a su disposición para cualquier otra consulta.

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