He trasladado su consulta a un compañero arquitecto. Tenia ciertas dudas en la interpretación de los datos, por lo que antes de dar una respuesta incorrecta, he preferido trasladar su consulta a quien, con toda seguridad, ofrecerá la respuesta adecuada.
Su respuesta es:
Si la azotea es descubierta no computa nada (0 m2)
Patio de luces -no computa- ver la definición de superficie construida...".deducidos los patios de luces"
Referente a la desviación del 10% exigible para poder reclamar y si computan o no los elementos comunes:
Son normas internas que se aprueban directamente por circulares que cambian según interesa y la única forma de saber cuales son en el momento presente esas normas, es consultando directamente al catastro. Como usted ya ha hecho esa consulta, hay que entender que, ahora mismo no computan los elementos comunes y que se exige una desviación del 10% para poder reclamar. Esas normas internas cambian cuando les interesa, por lo tanto hay que reclamar en cualquier caso, porque la reclamación es gratuita para el contribuyente.
¿Sumándolo todo, tiene que dar un 100% coincidente con los metros reflejados en la escritura?
Las escrituras y el registro de la propiedad no tienen porqué coincidir con el catastro, sobre todo si la finca tiene más de 5 años de antigüedad.
Conclusión:
DEBE RECLAMAR Tal como están las mediciones y el cálculo que hace el catastro, sale una desviación de más del 10%, por lo tanto una reclamación debería ser estimada.
Recomendaciones para la reclamación:
El expediente hay que montarlo a conciencia. CATASTRO RECHAZA LA MAYORÍA DE EXPEDIENTES POR DEFECTOS DE FORMA Y NO ENTRA EN LOS CONTENIDOS, Es decir que si usted dice que su casa tiene 100m2 y ellos 200m2 la razón es suya y usted tiene que demostrar que tiene 100m2.
En los casos en que la medición está equivocada exigen que se demuestre que la nueva medición es la correcta. Esta demostración es por notario (acta notarial), no sirve su palabra, ni escrituras, etc, ya que estos son como hacienda que nos consideran a todos los contribuyentes estafadores potenciales.
En la Revisión catastral del municipio, hubo un plazo de exposición publica y usted no dijo nada en ese periodo de información. Se basarán en ello para rechazar la reclamación, a menos que exponga en la reclamación de forma inequívoca que el error no es de medición, sino de aplicación de las mediciones ya existentes.
Acompañe a la reclamación fotografías de la azotea para demostrar que es totalmente descubierta y otras para demostrar que se trata de su azotea y no de cualquier azotea.