¿Desde cuándo existe el crédito?

Si el condenado en costas en
primera instancia apela y antes de que la sentencia quede firme dona
todos sus bienes provocando así su insolvencia, tales actos ¿Se pueden
atacar con la acción pauliana?.
Es decir el crédito ¿Tiene su
existencia desde la primera condena, desde que la sentencia queda firme o
desde la solicitud de regulación de los honorarios en la instancia en
que se solicito o desde que quedó la sentencia firme?

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