Segunda vivienda dada en usufructo
Si le doy a un hijo mio una segunda vivienda de mi propiedad en usufructo,¿tengo que hacerlo ante notario?¿puedo ponerle un precio simbólico de 5 € o gratis total?
La tributación de esa vivienda:¿la haría él como su vivienda habitual?
¿que tengo que tributar por ella yo y debo hacer algún cambio en el catastro para que salga mi hijo como usufructuario y yo desaparecer como propietario?
Es una buena idea(fiscalmente) para rebajar mis pagos y los nuevos que pongan a las viviendas?
Ruego contestación concreta y buenos consejos.Gracias