Multa por exceso de velocidad.
¿Me ha llegado una denuncia por parte del Ayuntamiento de Sevilla en la que me denuncian por circular a 71 Km/h en un vía en la que está limitada la velocidad a 50 Km/h, con un importe de 250? (Falta Grave).
En ningún momento los Agentes me detuvieron y el motivo que se expone en la notificación de la no entrega en el acto es "-".
Buscando información sobre como realizar un pliego de descargo, he visto que hay una "Sentencia 22/5/1998 TSJ País Vasco (RJCA 1998\3659) nº1356/1996" en la que indica que la falta de notificación en el acto al denunciado provoca su nulidad absoluta.
¿Se puede alegar que no fui parado por los Agentes en ningún momento?.
Además tengo intención de solicitar:
- Que se me exhiba copia de la fotografía realizada.
- Que el modelo de cinemómetro haya superado satisfactoriamente los ensayos previstos en el Real Decreto 1616/85 de 11 de septiembre.
- La fecha de la verificación primitiva del modelo de cinemómetro utilizado, la cual me deberá ser acreditada mediante el envío del documento emitido por el organismo autorizado correspondiente.
- En caso de que el cinemómetro utilizado haya sufrido reparaciones o modificaciones, certificado acreditativo de los resultados de los ensayos efectuados después de dicha modificación o reparación.
- Número de antena de dicho cinemómetro.
- Número de equipo en el que fue implantada la antena.
- Fecha de la última revisión periódica.
- Errores máximos detectados en la dicha revisión periódica.
¿Se pueden solicitar más pruebas para intentar "librarme" de la multa o demorar el asunto y que prescriba?.
En caso que no prescriba (cosa probable) ¿Puedo solicitar de alguna forma la reducción la cuantía que hay que abonar?
Y por último. ¿Me recomienda que pague la multa y así reducirla un 30 %?
Le ruego me responda con la mayor urgencia posible ya que tengo pocos días para presentar las alegaciones.
En ningún momento los Agentes me detuvieron y el motivo que se expone en la notificación de la no entrega en el acto es "-".
Buscando información sobre como realizar un pliego de descargo, he visto que hay una "Sentencia 22/5/1998 TSJ País Vasco (RJCA 1998\3659) nº1356/1996" en la que indica que la falta de notificación en el acto al denunciado provoca su nulidad absoluta.
¿Se puede alegar que no fui parado por los Agentes en ningún momento?.
Además tengo intención de solicitar:
- Que se me exhiba copia de la fotografía realizada.
- Que el modelo de cinemómetro haya superado satisfactoriamente los ensayos previstos en el Real Decreto 1616/85 de 11 de septiembre.
- La fecha de la verificación primitiva del modelo de cinemómetro utilizado, la cual me deberá ser acreditada mediante el envío del documento emitido por el organismo autorizado correspondiente.
- En caso de que el cinemómetro utilizado haya sufrido reparaciones o modificaciones, certificado acreditativo de los resultados de los ensayos efectuados después de dicha modificación o reparación.
- Número de antena de dicho cinemómetro.
- Número de equipo en el que fue implantada la antena.
- Fecha de la última revisión periódica.
- Errores máximos detectados en la dicha revisión periódica.
¿Se pueden solicitar más pruebas para intentar "librarme" de la multa o demorar el asunto y que prescriba?.
En caso que no prescriba (cosa probable) ¿Puedo solicitar de alguna forma la reducción la cuantía que hay que abonar?
Y por último. ¿Me recomienda que pague la multa y así reducirla un 30 %?
Le ruego me responda con la mayor urgencia posible ya que tengo pocos días para presentar las alegaciones.
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Respuesta de vruiperez
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