Convocatoria beca MEC 2012-2013-ART. 12.2 Miembros computables para la renta familiar-dudas legales.

Acabo de ver la resolución de 2 de agosto (BOE N.194 DE 14 ag.) y me ha sorprendido la redacción del art.12 (miembros computables de la renta familiar) en su punto 2, párrafo dos:

"Tendrá, no obstante, la consideración de miembro computable y sustentador principal, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación cuyas rentas y patrimonio se incluirán dentro del cómputo de la renta y patrimonio familiares".

Según el RD 1000/2012 (BOE N.160 de 5 jul.) por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio, para el curso 2012-2013, art.10.1 establece: "La renta familiar a efectos de beca o ayuda se obtendrá por agregación de las rentas de cada uno de los miembros computables de la familia que obtengan ingresos de cualquier naturaleza, calculadas según se indica en los apartados siguientes y de conformidad con la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. (...)"

Que yo sepa esta normativa reguladora del IRPF, no incluye personas que tengan "análoga relación" en el cómputo de la renta de unidad familiar, ni siquiera a las parejas de hecho, que no pueden declarar conjuntamente. De momento tampoco cuentan como herederos legales del patrimonio.

Por lo tanto NO me parece "legal" considerar a estas personas como miembros computables para cálculo de la renta y patrimonio en la beca, si no lo son para el IRPF ni para el Código Civil en caso de una herencia, sin mencionar ya el hecho que la expresión "persona unida por análoga relación" es un término indeterminado por la ley (ni siquiera dice que tienen que convivir, o sea podría ser cualquiera..).

Creo que hay una base legal para recurrir esta convocatoria y supongo que, independientemente de presentar la solicitud, hay que hacerlo, porque si no se hace y no te dan la beca, luego al estar conforme con las bases de convocatoria, no recurridas, te dirán que es correcto y que había que recurrir las bases en su momento.

¿Estoy en lo cierto?

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