La policía no tiene que demostrar nada, es el ministerio fiscal quien tiene que hacerlo con el atestado de la policía. El delito se comete con el uso de la tarjeta, no hace falta quedarse con lo que se obtenga de ese uso. Se ingresa en prisión si la pena es superior a dos años de prisión, cuando el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables, salvo que en el momento de la comisión del delito tuviera ya otra pena suspendida por el mismo motivo, o cuando la pena no es superior a cinco años si los penados han cometido el hecho delictivo a causa de su dependencia de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos, siempre que se certifique suficientemente, por centro o servicio público o privado debidamente acreditado u homologado, que el condenado se encuentra deshabituado o sometido a tratamiento para tal fin en el momento de decidir sobre la suspensión. Si se reconoce culpable sin celebrarse el juicio entonces le pondrán la pena mínima.