Permiso sin sueldo

A ver si podías ayudarme:
Mi empresa está acogida al Convenio de Empresas Consultoras de Planificación y Contable.
Tengo un empleado que cumple losn requisitos para poder solicitar disfrutar de 15 días de permiso sin sueldo.
Mi duda es la siguiente: ¿Cómo calculo la nómina sobre la base de todo el mes trabajado o de 15 días?. ¿Cómo calculo el tema de las pagas extras?.
¿Se qué tengo que cotizar a la Seg Soc pero estoy perido en cómo calcular la nómina?.
Respuesta
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Es sencillo:
El salario base que percibe se hace sobre los 15 días trabajados, pero la paga extra debe dejarse intacta y las vacaciones devengadas también.
Tiene su razón en que tanto la paga extra como las vacaciones son derechos que sólo están ligados al tiempo de trabajo en el caso de contratos temporales. En ese supuesto el cálculo se hace exclusivamente sobre lo trabajado.
Un permiso excluye del sueldo. Es diferente también de la excedencia que sólo permite el retorno al puesto de trabajo.
La Seguridad Social es diferente, tienes que calcular sobre el mes completo. ¿La razón? Porque esta persona continúa en nómina, el que no esté trabajando no es óbice para no cotizar. Únicamente lo que no percibe es el salario normal, pero la cotización debe de respetarse.
Más saludos logroñeses.

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