Liquidación y embargo

Se trata de un piso con dos propietarios al 50%.
El propietario A tiene una deuda contraída con el propietario B reconocida judicialmente en sentencia firme(aún no se ha solicitado la ejecución).
B ha amenazado con embargarle para cobrar la deuda y A ha presentado una solicitud de liquidación de bienes.
B no quiere liquidar el piso ¿qué posibilidad tiene? Si presenta la solicitud de ejecución y embargo después de que el otro haya presentado la liquidación, ¿qué sucede?
Respuesta
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Preguntita de derecho procesal, de litispendencia, se puede embargar y subastar cuando hay pendiente una liquidación o una acción de división de cosa común.
Entiendo que si uno quiere liquidar habría que personarse en el procedimiento judicial, alegando la deuna existente, para que el Juez la tenga en cuenta.
El caso es que no se pueden seguir ambos procedimientos, y mi recomendación sería personarse en la liquidación, alegando la deuda y que se considere la misma, su principal, intereses y costas. Aunque solo sea por economía procesal sería mejor la liquidación que el embargo peritación y subasta.

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