¿Cuándo caduca una anotación preventiva de embargo, en reclamación de costas judiciales?

La nota simple del registro pone más o menos esto:

"Por esta anotación del 7 de mayo de 2002, se ha expedido certificación de cargas de la finca, con fecha 22 de julio de 2.002.Prorrogada en su vigencia,según anotación,en fecha 2 de marzo de 2006. Actualmente prorrogada de nuevo en su vigencia, según anotación,en fecha 10 de marzo 2010."

A partir de ahí no hay más fechas.¿Se puede cancelar esta anotación en el juzgado por caducidad?

Gracias.

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