Adoptar al hijo de mi pareja

Mi pareja (De Hecho) tiene un hijo de una relación anterior (sin matrimonio). El niño de 4
años convive conmigo desde hace algo mas de un año. Su padre biológico
le pasa una pensión alimenticia pactada entre ellos pero no tiene mas
relación que esa.
A mi me interesa adoptarlo, o bien hacerme tutor
legal o similar, de forma que el niño pueda aprovechar las ventajas que
tengo al ser funcionario, como por ejemplo incluirlo en mi seguro
medico. Ahora mismo no puedo incluir ni a mi mujer porque ella esta
trabajando y por lo tanto de alta en la Seguridad Social, pero al menos
si me gustaría incluir al niño.
Su padre biológico manifestó en algún momento que renunciaría a la patria potestad, aunque creo que no puede, pero bueno, al menos queda claro su poca intención de hacerse
cargo de su hijo.
¿Hay alguna forma legal de poder hacer esto?

Respuesta
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En primer lugar deben ponerse en contacto con el padre del niño, para que preste su consentimiento a la adopción.
Si el padre lo presta, se puede iniciar el procedimiento, que es judicial, para lo que es preciso comparecer ante el Juzgado con Abogado y Procurador.

El Código civil determina:

Artículo 175
1. La adopción requiere que el adoptante sea mayor de veinticinco años.
2. Únicamente podrán ser adoptados los menores no emancipados
Artículo 176
1. La adopción se constituye por resolución judicial
Artículo 177
1. Habrán de consentir la adopción, en presencia del Juez, el adoptante o adoptantes y el adoptando mayor de doce años.
2. Deberán asentir a la adopción en la forma establecida en la Ley de Enjuiciamiento Civil:
Los padres del adoptando que no se hallare emancipado
Artículo 178
1. La adopción produce la extinción de los vínculos jurídicos entre el adoptado y su familia anterior
Artículo 180
1. La adopción es irrevocable.

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