Obligación de alimentos hijo adoptivo madre biológica
Quisiera que usted me sacase de dudas:
Teniendo en cuenta el Art. 178 del código Civil, "la adopción produce la extinción de los vínculos jurídicos entre el adoptado y su familia anterior."
Y Según dispone el Art. 143 del mismo código Civil, "están obligados recíprocamente a darse alimentos en toda la extensión que señala el artículo precedente: 1º. Los cónyuges. 2º. Los ascendientes y descendientes."
Aplicando, además de esta, toda la legislación y jurisprudencia aplicables al caso, ¿tiene obligación de alimentos un hijo adoptado para con su madre biológica?
Teniendo en cuenta el Art. 178 del código Civil, "la adopción produce la extinción de los vínculos jurídicos entre el adoptado y su familia anterior."
Y Según dispone el Art. 143 del mismo código Civil, "están obligados recíprocamente a darse alimentos en toda la extensión que señala el artículo precedente: 1º. Los cónyuges. 2º. Los ascendientes y descendientes."
Aplicando, además de esta, toda la legislación y jurisprudencia aplicables al caso, ¿tiene obligación de alimentos un hijo adoptado para con su madre biológica?
2 Respuestas
Respuesta de katzchen
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Respuesta de turcano
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Hola una consulta tengo un niño de 12 años, mi esposo me conoció embrazada tenía dos meses aprox el aceptó y quiso reconocerlo como hijo nuestro, nos separamos y ahora siempre me saca en cara que no es su hijo y por ello no me manda una pensión, pero el lo reconoció como hiko propio yo tengo temor de hacerle una demanda que me puede orientar se lo agradecería mucho - Aracely Molina