Ayuda contrato de piso

hola, llevo en alquiler de piso desde el año 2008(casi 5 años), mi primer contrato fue en 2008 y duraba un año, el segundo contrato fue en 2010 igualmente duraba un año, ahora me voy a ir del piso en el cual se lo va a quitar el banco al dueño pero me a dicho el banco que eso de irme lo tengo que hablar con el dueño(no se si sigue siendo del dueño o del banco), mi pregunta es:
- e estado haciendo todos los pagos y mi padre era aval del piso, llevo años sin contrato como le puse arriba desde el año 2010 que fue el ultimo y quiero saber si puede pasar algo porque mi padre era aval y yo me vaya de ese piso, porque aunque no tengo contrato, el contrato pone:
1. El arrendatario entrega en este momento la cantidad de 300 euros en concepto de fianza legal, sirviendo el presente contrato como recibo acreditativo de dicha entrega. Para el caso de que el contrato exceda de 5 años, bien por tacita reconducción o prorroga del mismo por acuerdo de las partes, la fianza se actualizara (incrementada o disminuida) hasta hacerse igual a una mensualidad de la renta vigente.
2. Llegada la fecha de finalización del contrato o del plazo mínimo señalado en el artic 9 de l.a.u. Y para el caso de que una vez requerido el arrendatario por arrendador bien por carta, telegrama o cualquier otro medio de que se realice un nuevo contrato o se entreguen las llaves, y este no se realizara, la renta sera incrementada en un 50 % de la que se pague en el ultimo mes, como indemnización de daños y perjuicios.
3. Cuantas obligaiones contiene el presente contrato especialmente las de pagar la renta y conservar en buen estado la finca por toda la duración del contrato, son avaladas solidariamente con renuncia expresa a los beneficios de excusion, división y fuero, por d. ......................., (aquí van los datos de mi padre), mayor de edad, casado, con d.n.i.............., vecino de ........, con domicilio en C/......, así mismo el fiador consiente y figura como tal en las prorrogas que se hagan del contrato y hasta el momento que se reciban las llaves por el propietario o su administrador y a su entera satisfacción.
-que quieren decir estas clausulas?
- pueden querer cobrarle algo a mi padre por ser aval aunque no tenga contrato, y ya avisado al dueño que próximamente nos vamos y tener todos los pagos exos menos este ultimo por la fianza?
gracias.

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Nuevamente lunalunera.

Sobre el comienzo de su consulta, vuelvo a remitirle a la contestación que ya le di el 22 de enero pasado, cuyo enlace es:

http://www.todoexpertos.com/categorias/humanidades/derecho/respuestas/3mmge1hcfu7m4/ayuda-de-alquiler-de-piso

Digo esto para que repase la contestación que le di, y recuerde que en mi opinión (y por ley) el hecho de que su contrato último fuera de 2010 y haya seguido alquilada sin renovarlo firmando otro, no significa que usted no tuviera contrato. Sí lo ha tenido: el de 2010, que se ha ido renovando año a año por su voluntad de seguir en el arrendamiento, y por la no resolución del contrato por parte del arrendador.

Dicho lo cual, sobre la tácita reconducción vuelvo a remitirle a lo que le comenté en la otra consulta: el plazo mínimo del arrendamiento es, a voluntad del arrendatario (inquilino) de 5 años. Si transcurre ese plazo sin resolverse el contrato, queda automáticamente prorrogado. No es su caso, porque lleva desde 2010.

En cuanto al aval de su padre, como avalista responde del pago por usted de todas las mensualidades de renta. Si usted ha ido pagando todo, su padre no tiene de qué preocuparse. La cláusula última simplemente indica que usted aceptaba que su padre fuera el avalista incluso en las sucesivas prórrogas. Si su padre firmó este contrato, aún sigue siendo el avalista (fiador solidario con usted misma).

Si decide irse, comuníquelo al dueño del piso con un mes de antelación. Pague la cuota igualmente, y luego reclame la fianza. O en el burofax indíquele que se quede con la fianza y abónele la diferencia según haya cambiado la renta por la actualización del IPC. Esto le evitará problemas.

Un cordial saludo.

Si la respuesta le satisface, ruego la cierre y valore lo antes posible.

Más Derecho en mi blog: http://adrianmayor.com

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