¿Qué validez tiene una sentencia del TSJ de una CCAA para la Administración de otra?

Vamos a interponer un recurso de reposición en base a dos sentencia que nos darían la razón pero son de dos Comunidades autónomas distintas a la nuestra. Supongo que si el problema lo hubiésemos tenido allí sería vinculante para nuestra administración pero al ser de otra CCAA no tengo muy claro si será suficiente para que sea estimada.

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Con la Administración hemos topado.

En principio las sentencias de los TSJ son "jurisprudencia menor" pero son una buena base para la fundamentación de nuestro recurso. Lo que ocurre es que normalmente también existe jurisprudencia en sentido contrario, pero en cualquier caso yo haría míos los razonamientos que se adecuaran al caso concreto y trataría de defenderlos.

El problema que puede encontrarse es que la Administración es un mundo aparte y allí se suele decir "que se vayan al Contencioso" se lo digo porque he trabajado dentro.

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Las Sentencias, en principio, son aplicables para el caso en el que se dictan y no siempre hay dos casos idénticos a los que se les pueda aplicar automáticamente el fallo de una Sentencia anterior.

Ahora bien, el razonamiento contenido en esas Sentencias, si es correcto y está claro, se puede invocar en vuestro recurso. Es decir, no existe una vinculación automática a lo que dicen esas Sentencias, pero se puede argumentar en base a las mismas e intentar aplicar los mismos razonamientos.

Siento no poder ser más claro, pero imagino que te haces cargo de lo complicado que es responder a tu pregunta sin conocer más detalles sobre el fondo del asunto.

Lo entiendo perfectamente, el derecho es muy interpretable.... Se trata básicamente de un impuesto exento en base al mismo articulo, ley etc. El TSJ ha dicho que debe quedar exento pero la Administración de mi Comunidad se niega a "aplicarse el cuento".

Si pudieras darme algún consejo en base a lo anterior te lo agradecería , de lo contrario pasaré a puntuarte igualmente con 5 estrellas.

Muchas gracias.

¡Hombre! Tratándose de materia fiscal, el hecho de que dos TSJ hayan dicho que existe la exención constituye, sin duda, un buen precedente. Ahora bien, no será la primera vez que existe discrepancia entre dos TSJ (y al final tiene que acabar resolviendo la duda el Tribunal Supremo).

Pero insisto en que sólo se puede hablar de "jurisprudencia" como fuente del derecho cuando existen dos o más sentencias del Tribunal Supremo que resuelven un caso idéntico. Por lo que parece, no es este el supuesto que planteas. Ahora bien, sin duda alguna tienes esas dos Sentencias como pilares de un argumento sólido, basta copiar y pegar sus párrafos más destacables y hacer ver que ese razonamiento es aplicable al caso te to ocupa.

Suerte.

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Le aconsejo busque de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Supremo que vincula en todo el Estado, en cuanto a la sentencia que usted tiene, evidentemente la vinculación es menor en el sentido de que no es del Tribunal en que podría acabar el caso, pero también es vinculante, ahora, en ningún caso, la existencia de jurisprudencia en uno u otro sentido da seguridad de que la Administración, vaya a estimarla directamente por ello.

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