El articulo 9 e)dice:
1. Son obligaciones de cada propietario:
e) Contribuir con arreglo a la cuota de participación fijada en el titulo o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización[...].
Además por si no queda suficientemente claro explica que si se vende la propiedad hay que aportar certificación sobre el estado de las deudas con la comunidad...
Vamos, que de todas todas... el propietario, o nudo propietario, que a los efectos es lo mismo.
Espero haberte resuelto la duda, si necesitas alguna otra aclaración no dudes en preguntar, si no.. finaliza y puntúa mi respuesta