¿Qué me pueden embargar y qué no?

El piso donde vivimos esta a mi nombre pero la hipoteca la pedimos a nombre de los dos. Es de un matrimonio anterior y yo en ese momento no tenia trabajo y no me la daban a mi sola. Ahora mi marido esta pendiente de un embargo, ¿nos podrían quitar el piso o al estar la escritura a mi nombre no podrían hacerlo? El coche sí que lo hemos comprado entre los dos después de casarnos pero también está a mi nombre. ¿Nos lo embargarían también? ¿Podríamos hacer separación de bienes para que lo que podamos comprar mas adelante no entrara en embargo?

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El poseedor de un título ejecutivo de deuda puede repercutirlo contra cualquiera de los deudores, es decir, si hay cinco personas a las que se les han concedido un crédito, se puede elegir a una de ellas solamente como pagador, para que me entienda.

Si hace usted ahora separación de bienes, puede ser acusado de un presunto delito socioeconómico de alzamiento de bienes, lo que no le aconsejo en ningún caso.

Ruego cierre y valore

Hola: lo de la separación de bienes me ha quedado claro,que me aconseja que no lo haga.Lo del crédito no lo entiendo muy bien.Si el préstamo hipotecario esta a nombre de los dos pero la escritura esta a mi nombre me podrían embargar la parte que paga él?

Gracias

Le pueden embargar el piso, un yate, una moto, no solo la propiedad inmobiliaria, cualquier bien y no es usted quien lo elige, sino el que posea el título crediticio impagado.

Efectivamente, no le aconsejo que haga la separación de bienes.

Ruego cierre y valore

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