Anotación de embargo

Hola, voy a comprar un trastero y la dueña que me lo vende ha sacado una nota simple del Registro de la Propiedad para mostrarme que está libre de cargas y sorpresa para ambos cuando ve que tiene una anotación de embargo de 2885 euros con intereses y costos de 865 euros de una casa de zapatos, ya que ella tiene una zapatería. Preguntó en el Registro cómo solucionar esto y le dijeron que tenía que ir al juzgado de instrucción nº 4 que se indica en la nota simple y liquidar la deuda. Yo he visto este documento y es cierto. Me pide que le de un adelanto de pago de 3000 euros para, junto con un poco que tiene ella ahorrado pagar en el juzgado. En el Registro le dijeron que pasados 15 días volviera al Registro para volver a pedir una nota simple y ver que efectivamente ya no había cargas. A partir de entonces podemos ir al notario a escriturar.

Mi pregunta es si el procedimiento es así como me lo ha contado, en cuanto a que se paga en una ventanilla en el juzgado fácilmente y en 15 días todo listo y si debemos elaborar algún documento que indique que ya le he pagado 3000 euros. ¿Hay algún modelo? Cómo sería?

Muchísimas gracias.

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Lo suyo es que vayan al juzgado y soliciten la liquidación de las cargas, las abonen allí, entregando usted el dinero contra un recibo de la señora o precontrato. Una vez que esté pagado tienen que solicitar al juzgado que expida el levantamiento de cargas y eso llevarlo al registro. El Juzgado puede tardar un poco en hacer el levantamiento. Otra solución es contactar con el abogado que ha llevado el pleito por el que se ha hecho el embargo y seguro que agilizáis el tema, e incluso puede que consigáis alguna rebaja al realizar el pago

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Quizás lo que deba hacer es comprar directamente y como en la escritura se hace constar la carga, usted retiene el importe para pagarlo en nombre del vendedor. Usted paga la deuda, le entregan un mandamiento de cancelación dirigido al Registro de la Propiedad y problema solucionado. Es lo que yo haría.

Examine en el juzgado el importe de la demanda y pida a través del abogado ejecutante un certificado de deuda.

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Lo primero recomendarle que se ponga en manos de un abogado, que le ayude a realizar un documento que le garantice el pago que usted hace...

Efectivamente, se han de dirigir al juzgado o a la entidad acreedora, que solicito el embargo y pagar para solicitar la cancelación de la carga, pero normalmente suele tardar mas, dada la carga de trabajo de los juzgados...

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No hay modelo como tal hay que elaborarlo (quizás si busca en internet podrá encontrar algo que le sirva aunque hay que cambiar las circunstancias y las cláusulas)

Le aconsejo que contrate a un abogado para que redacte el contrato y así evitar problemas futuros.

No se paga nada en el Juzgado, hay que pagarlo en el Banco.

Para ello me pongo a su disposición en [email protected]

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Lo más fácil es que hagáis la compra-venta en el notario y que inmediatamente seas tu quien levante el embargo en el juzgado y en el Registro.

Asegurate de que no tenga más deudas pendientes porque podría ser que entrasen más embargos

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El procedimiento si que es tal y como a usted le han dicho. Ahora bien, en caso de que le preste los 3000€ para que se salde la deuda que aparece en la nota simple, deben firmar un documento en el que se haga constar la entrega de dicha cantidad de dinero y que la misma es a cuenta del precio que ha de pagar usted por el trastero en cuestión.

Por otra parte, en cuanto al tiempo que el Juzgado tarda en informar al Registro de la liquidación de la deuda, cada Juzgado es diferente.

Ahora bien, en cualquier caso, le aconsejo que si le presta dichos 3000€ acuda al juzgado junto con la propietaria del Juzgado para verificar que efectivamente se salda la deuda que generó el embargo preventivo que aparece inscrito en el trastero.

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Es como se ha dicho.

No hay ningún modelo, hay que ir al Juzgado y luego al banco a ingresar el dinero. Al cabo de unos 15 o 20 el embargo ya ha dejado de tener efecto.

www.lopezcollado.es

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