¿Se puede inscribir una casa en el registro de la propiedad con un acta de fin de obra?
Hola, recientemente he acabado la obra de mi casa en un pueblo de Salamanca y al ir al registro me han comentado que tenía que llevar la escritura de obra nueva, la cual debido a los gastos que conlleva no había pensado hacer, y lo que quería saber es si con un acta notarial de fin de obra, podría registrarla ya que es bastante más económico hacer esto que la escritura.
También quería preguntar por un caso que me ha pasado al pedir la cédula de habitabilidad en el Ayuntamiento, y es que me han dicho que para darme dicha cédula tengo que tener la casa registrada para solicitarla (yo tengo registrada la casa antigua que he derribado), y en el registro me han dicho que junto con la escritura tengo que llevar la cédula de habitabilidad osea que tengo primero que pedir dicha cédula y quería saber quien tiene razón en este caso, el Ayto. O el registro.
Un saludo y gracias.